QUIROGA CLAUDIO MARCELO C/ PROVINCIA ART S.A. S/DIFERENCIA INDEMNIZACION
El actor reclamó diferencias indemnizatorias por incapacidad derivada de accidente de trabajo, conforme al art. 14 inc. 2 apartado a de la ley 24.557. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y confirmó la aplicación de la normativa vigente al momento del siniestro, imponiendo costas a la actora.
¿Quién es el actor?
Claudio Marcelo Quiroga.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de diferencias indemnizatorias por prestación dineraria prevista en el art. 14 inc. 2 apartado "a" de la ley 24.557, por incapacidad originada en accidente laboral ocurrido el 23-12-2005; actualización y tasa de intereses correspondientes.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el actor y quedó firme la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda con el cálculo y liquidación practicados, imponiendo las costas al recurrente (art. 289, CPCC). La Corte entró al examen de la cuestión federal relativa al art. 12 de la ley 24.557 pese al monto, pero desestimó el planteo por insuficiencia y falta de fundamentación concreta en la impugnación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. El tribunal de trabajo interviniente, en lo que interesa, hizo lugar a la demanda promovida por Claudio Marcelo Quiroga y condenó a Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. a abonarle la suma que especificó en concepto de diferencia por la prestación dineraria establecida en el art. 14 inc. 2 apartado 'a' de la ley 24.557."
"III. El recurso no prospera."
"III.1.b. Empero, no puede soslayarse que el cuestionamiento traído, por medio del cual se objeta el rechazo del planteo de inconstitucionalidad del art. 12 de la ley 24.557 -en su versión anterior a la reforma de la ley 27.348- involucra el análisis de una cuestión federal que, con prescindencia del valor del litigio, amerita la apertura de la instancia extraordinaria."
"III.2.a. ... el interesado no refuta las razones sobre las cuales se estructuró la decisión objetada, afincadas específicamente en el ámbito temporal de aplicación de la normativa en juego y en el encuadramiento del evento dañoso en dicho contexto."
"Es que esta Corte reiteradamente ha expresado que la declaración de inconstitucionalidad de una ley o un decreto constituye una de las funciones más delicadas ... la alegación de un supuesto de aquella índole requiere por parte de quien lo invoca de una crítica clara, concreta y fundada de las normas constitucionales que reputa afectadas; en fin, ... la carga impugnativa y probatoria debe exacerbarse."
"III.3. En otro orden, no puede tener cabida el embate de la quejosa fundado en que el sentenciante habría omitido abordar su planteo vinculado con la 'razonabilidad indemnizatoria' solicitada. Se aprecia que este embate resulta inviable, toda vez que ... el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley no constituye la vía idónea para canalizar denuncias vinculadas con la preterición de alguna cuestión esencial, pues tal impugnación constituye materia propia del de nulidad."
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, con costas (art. 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
Votaron y acordaron por el rechazo los Dres. Torres (voto extenso), Kogan (adhesión con voto propio en parte), Soria (adhesión) y Budiño (adhesión). La solución adoptada corresponde a la mayoría que integra el dispositivo final.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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