JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Nacion Argentina c/ Pcia. de Santiago del Estero

La Nación promovió una medida cautelar de no innovar contra la Provincia de Santiago del Estero por la ley local 5379 y el decreto 3017/85, que afectaban la ejecución del Plan Alimentario Nacional. La Corte Suprema hizo lugar a la medida, por considerar que esas normas operaban como un condicionamiento innecesario a un plan destinado a enfrentar la crítica situación alimentaria de la población en extrema pobreza.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 307:1702
Medida cautelar de no innovar Conflicto de jurisdiccion nacional-provincial Presuncion de validez de actos provinciales Plan alimentario nacional Situacion alimentaria Extrema pobreza Art. 230 codigo procesal Ley 5379 Decreto 3017/85 Provincia de santiago del estero

¿Quién es el actor?

Nación Argentina.

¿A quién se demanda?

Provincia de Santiago del Estero.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida cautelar de no innovar respecto de la ley local 5379 y el decreto serie "D" 3017/85, en el marco de la ejecución del Plan Alimentario Nacional.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la medida. El gobierno de Santiago del Estero deberá abstenerse de aplicar a las autoridades nacionales ejecutoras del Plan Alimentario Nacional, durante la tramitación del litigio, la ley 5379 y el decreto serie "D" 3017/85.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien por vía de principio, medidas como las requeridas no proceden respecto de actos administrativos o legislativos provinciales habida cuenta de la presunción de validez que ostentan, tal doctrina debe ceder cuando se los impugna sobre bases, prima facie verosímiles, como contrarios a disposiciones emanadas de la autoridad nacional (Fallos: 250:154; 251:336)."

"[E]s evidente a la luz de lo expuesto y las constancias acompañadas, que la instrumentación de las medidas cuestionadas ha sido propuesta en términos tales que operan como un condicionamiento innecesario al cumplimiento del Plan Alimentario Nacional y pueden interferir en sus propósitos que, como el propio decreto local Nº 3017/85 señala, tiene por objeto 'enfrentar la crítica situación alimentaria de la población de más extrema pobreza' (ver fs. 2)."

"[A]parecen configurados los extremos exigidos por el art. 230 del Código Procesal..."

Normas que cita

  • Ley 5379 (Provincia De Santiago Del Estero)
  • Decreto 3017/85 (Provincia De Santiago Del Estero)
  • CPCCNart. 230 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Fallos 250:154CSJN
  • Fallos 251:336CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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