Elena Ana Szilaguyi de Maquelo y Otros c/ Sanatorio e Instituto Buenos Aires S.a. y Otros
Los actores, trabajadores del Sanatorio e Instituto Buenos Aires S.A. transferidos a OSPLAD, reclamaron el pago de indemnizaciones por despido tras la pérdida de antigüedad y de beneficios salariales. La Corte confirmó la sentencia que las concedió, al considerar que el sometimiento al régimen de empleo público no fue absoluto y que OSPLAD asumió expresamente el respeto de las condiciones laborales.
¿Quién es el actor?
Elena Ana Szilagyi de Maquelo y otros trabajadores transferidos desde el Sanatorio e Instituto Buenos Aires S.A.
¿A quién se demanda?
Sanatorio e Instituto Buenos Aires S.A. y la Obra Social para la Actividad Docente (O.S.P.L.A.D.), recurrente ante la Corte.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de indemnizaciones derivadas del despido (indemnización por despido y preaviso de la Ley de Contrato de Trabajo).
¿Qué se resolvió?
la Corte confirmó la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que hizo lugar a la demanda, con costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien es cierto que los actores aceptaron expresamente someterse al régimen legal de los empleados públicos -como sostiene la recurrente, no lo es menos que dicho sometimiento no fue absoluto, sino que varios aspectos de la relación fueron dejados a salvo también en forma expresa, y que aquellos que no resulten compatibles entre sí por aplicación de regímenes distintos, debe entenderse que fueron asumidos por OSPLAD y no renunciados por los trabajadores (art. 874, Código Civil)."
"Resulta ineficaz el argumento esgrimido por la recurrente de no poder asumir ni satisfacer obligaciones que excedan el régimen del empleo público ya que, no obstante su carácter de entidad autárquica, en el caso medió un 'acto expreso' (art. 2º, inc. a), Ley de Contrato de Trabajo) por el cual ciertos aspectos de la relación debían regirse por normas extrañas al referido régimen."
"Nadie puede ponerse en contradicción con sus propios actos ejerciendo una conducta incompatible con otra anterior deliberada, jurídicamente relevante y plenamente eficaz (Fallos: 275:235, 459; 294:220; 300:480)."
"...en el caso la solución no puede ser otra que declarar el derecho de los actores a percibir las indemnizaciones por despido y preaviso establecidas en la Ley de Contrato de Trabajo al mes de julio de 1975 en la forma dispuesta por la sentencia apelada."
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Normas que cita
- CCarts. 874, 1204, 543, 555, 1374, 2669, 2670 · Codigo civil
- Ley 19.655art. 1
- Decreto 6666
- Ley 21.274
- CPCCNarts. 254, 265, 266 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- 122/75
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Szilagyi de Maquelo c/ Sanatorio e Instituto Buenos Aires S.A.CSJN · 05/09/1985 · Fallos 300:1138
- Montenegro, Sergio R. I. c/ Establecimientos Five S.A.CSJN · 28/05/1985
- Bascuñán, Germán y otros c/ Y.C.F.CSJN · 06/08/1985
- Fallos 275:235CSJN
- Fallos 294:220CSJN
- Fallos 300:480CSJN
- Fallos 300:1138CSJN
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