JurisprudenciaARG
Primera Instancia

CUEVAS, IGNACIO JULIAN c/ NEGOCIOS LIMPIOS S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor demandó por despido reclamando acreencias laborales por trabajar como lavador de autos sin registración. El Juzgado rechazó la demanda por falta de precisión en la demanda y evidencia insuficiente para acreditar la relación laboral, imponiendo costas al actor y regulando honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO NACIONAL DE 1RA INSTANCIA DEL TRABAJO NRO. 28
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 030354/2015
Despido Falta de prueba Insuficiencia de demanda Art. 65 lo Presuncion art. 55 lct Costas Honorarios Prueba testimonial Exhibicion de libros Trabajo no registrado

¿Quién es el actor?

Ignacio Julián Cuevas.

¿A quién se demanda?

Negocios Limpios SA y Taraborelli Automobile SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por acreencias laborales derivadas de despido y la consecuente liquidación por relación de dependencia no registrada (trabajo como lavador de autos desde el 1/2/2014, jornadas de lunes a viernes de 8 a 18 hs., remuneración informada $5.200).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda en todas sus partes y se impusieron las costas al actor; además se regularon honorarios para las partes y el perito contador en los montos indicados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Al promoverse una demanda, entre los extremos formales que corresponde se respeten, se encuentra el de exponer todos los hechos y la pretensión en la forma más clara posible a los fines de determinar la causa pretendida o sea la razón y fundamento en cuya virtud la pretensión se ejercita. Dicha exigencia no cabe sea interpretada como un exagerado apego a fórmulas de rito..." (cita de precedente y criterio sobre art. 65 LO).

"El escrito de inicio no cumple acabadamente con las exigencias del art. 65 de la LO... se limitó a manifestar de manera global y genérica que trabajó como lavador de autos... sin brindar precisión alguna acerca del funcionamiento del lugar, la cantidad de personas con las que habría trabajado, el caudal de vehículos que lavaba por día ni el mecanismo concreto de dichas tareas."

"No encuentro que la prueba testimonial producida en autos pueda favorecer la situación del accionante... el testimonio en análisis no resulta idóneo y objetivo... por lo dicho, el testimonio en análisis no evidencia tales características, dada su imprecisión y generalidad (arts. 456 y 386 CPCCN y art. 90 LO)."

"Asimismo, no soslayo que Negocios Limpios SA no exhibió los libros contables al perito contador... sin embargo... la presunción que prescribe el art. 55 de la L.C.T., no es idónea a los fines de acreditar una relación dependiente entre las partes, por lo que su operatividad depende de la previa demostración de la existencia de un contrato de trabajo."

"II.- En consecuencia, será rechazada la acción en todas sus partes (art. 726 del Código Civil y Comercial). III.- Las costas del juicio se imponen al actor pues, en función de lo resuelto, en la especie no hallo mérito para apartarme del principio general que establece el art. 68 del C.P.C.C.N."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta disidencia; la resolución es de un/a magistrado/a de primera instancia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • "Compañía General de Combustibles SA s/ Recurso de apelación"CSJN

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