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Cámara de Apelaciones

LEIVA, YONATHAN ANDRES (ART.29 LO) c/ FLOOR CLEAN S.A. s/DESPIDO

Trabajador promovió demanda por despido contra Floor Clean S.A. y reclamos laborales. La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo principal y modificó los intereses aplicables sobre la condena conforme a lo expuesto en el considerando 3°, aplicando la pauta del art. 55 de la Ley 27.802 y operaciones aritméticas según art. 132 L.O.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 030497/2019/CA001
Despido Intereses Art. 55 ley 27.802 Actualizacion Sac proporcional Costas de alzada Honorarios Non reformatio in pejus Indice cer Camara nacional de apelaciones del trabajo

¿Quién es el actor?

LEIVA, Yonathan Andrés (trabajador/actor).

¿A quién se demanda?

FLOOR CLEAN S.A. (empresa empleadora).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción por despido y rubros laborales incorporados en la liquidación final (incluye diferencia de SAC proporcional por $751,24 y otros rubros indemnizatorios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia dictada en la anterior instancia en lo principal y modificó los intereses aplicables sobre la condena según lo establecido en el considerando 3°. Además impuso costas de alzada en el orden causado, reguló honorarios de la representación letrada de la parte demandada en el 30% de lo que le correspondió en la anterior instancia y ordenó hacer saber la vigencia de la ley 26.685 y Ac. CSJN Nros. 38/13, 11/14 y 3/15 para notificaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se trata de un tema regulado expresamente por el art. 55 de la ley 27.802, norma sobre la que se han planteado objeciones de distinto orden con base constitucional, las cuales -anticipo- no han de tener favorable recepción."

"Dicha pauta legal consiste, tal como surge del texto expreso de la norma, en la actualización del crédito en base a los siguientes criterios: '…a) A través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a estos fines para el período correspondiente; b) En ningún caso el resultado … podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación sobre el mismo del índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual; c) El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b) del presente artículo.'"

"En consecuencia, corresponde modificar la sentencia recurrida en este aspecto y, en su mérito, disponer que el capital nominal de condena será acrecido desde que cada suma que lo compone es debida y hasta la fecha de su efectivo pago, conforme lo dispuesto en el art. 55 transcripto, a cuyo efecto corresponde que se realicen las operaciones aritméticas necesarias en la oportunidad prevista en el art. 132 de la ley 18.345 utilizándose el índice CER en los períodos en que el INDEC no publicó el IPC. Todo ello siempre y cuando la modificación propuesta no implique una modificación en perjuicio del único apelante, a partir de la aplicación del principio 'non reformatio in pejus'."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Mario S. Fera expone extensamente los antecedentes y razones para aplicar el art. 55 de la ley 27.802 y el método de cálculo señalado; el Dr. Alejandro H. Perugini adhiere al voto precedente. No se registra disidencia en el acuerdo final.

Normas que cita

  • Ley 27.802art. 55 · Ley de modernizacion laboral
  • Ley 18.345art. 132 · Organizacion y procedimiento
  • CCyCNarts. 767, 768, 770, 771 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 17, 19, 75 incs. 19, 22, 23 · Constitucion nacional
  • Ley 26.685Justicia
  • Acordada CSJN 38/13
  • Acordada CSJN 11/14
  • Acordada CSJN 3/15
  • 18.345art. 116; art. 38
  • Ley 27.423arts. 16, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Acta 2658

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