JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

BUSTAMANTE, RODRIGO ALEXANDER c/ LEMBI, JUANA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Reclamaron daños y perjuicios por accidente de tránsito contra el conductor demandado y su aseguradora. La Cámara redujo las indemnizaciones por incapacidad a $7.500.000 y por daño moral a $4.000.000, rechazó la desvalorización del rodado y confirmó la sentencia en lo restante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL - SALA E
Fuero
NACIONAL EN LO CIVIL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 105049/2023/CA001
Accidente de transito Indemnizacion por incapacidad Dano moral Desvalorizacion del rodado Intereses Costas de alzada Pericia medica Reparacion integral Reduccion de condena Camara civil

¿Quién es el actor?

Rodrigo Alexander Bustamante.

¿A quién se demanda?

Juana Lembi y Zurich Argentina Compañía de Seguros S.A. (citada en garantía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (incapacidad psicofísica, daño moral, gastos médicos, tratamiento kinésico, gastos de traslado, daños materiales, privación de uso, desvalorización del rodado, intereses y costas).

¿Qué se resolvió?

Se redujo la indemnización por incapacidad psicofísica a $7.500.000 y la partida por daño moral a $4.000.000; se rechazó la partida reclamada por desvalorización del rodado; se confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo demás objeto de agravios y apelación; se impusieron las costas de Alzada a la parte demandada y citada en garantía; se difirió la adecuación y fijación de honorarios hasta la liquidación definitiva; trámites de registro y notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Encontrándose firme la existencia de daño antijurídico y de factores de atribución de responsabilidad, así como de un nexo causal adecuado, entiendo que sólo resta precisar los daños sufridos por los actores a raíz del hecho de autos y fijar la correspondiente indemnización o resarcimiento, considerando su magnitud y el principio de reparación integral que tiene jerarquía constitucional (CSJN, Fallos 321: 487 y 327: 3753 entre otros)."

2) "En función de estos parámetros, corresponde entonces analizar la prueba producida... A partir de los primeros, el tribunal tendrá una base económica que modulará luego, ampliándola o reduciéndola, en función de las circunstancias del caso particular, siempre, claro está, fundadamente" (cita jurisprudencial y doctrinal aplicada a la cuantificación).

3) "A partir de lo antes expuesto, a mi modo de ver, los dictámenes aparecen como correctamente fundados, por lo que estaré a sus conclusiones... En orden a ello, habida cuenta la forma como sucediera el accidente, las lesiones sufridas, demás particularidades del caso, considero que la suma otorgada a favor de Rodrigo Alexander Bustamante resulta elevada, por lo que propondré al acuerdo de mis colegas su reducción a la suma de pesos siete millones quinientos mil ($ 7.500.000) (art. 165 CPCCC)."

4) Sobre daño moral: "A la luz de tales principios, entiendo que es indudable que la propia vivencia del accidente debió haberle provocado al accionante sentimientos de congoja y angustia que deben ser reparados. En orden a ello, considero que las sumas otorgadas a favor del actor resultan elevadas, por ende, propondré al acuerdo de mis colegas su reducción a la suma de pesos cuatro millones ($4.000.000) (art. 165 CPCCC)."

5) Sobre desvalorización venal: "Por lo tanto, dentro del marco señalado y toda vez que el rodado del accionante no pudo ser inspeccionado, por haber sido enajenado con anterioridad (v. escrito de la parte actora 28/08/2024), estimo prudente, hacer lugar a las quejas vertidas por las accionadas y en consecuencia revocar la sentencia apelada en tal sentido y rechazar la partida reclamada en concepto de desvalorización venal del rodado."

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo disidencia; la resolución fue acordada por mayoría (todas las juezas adhirieron al voto preopinante).

Normas que cita

  • Ley 17.418art. 118 · Seguros
  • CPCCNarts. 68, 386 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCyCNarts. 1740, 1746, 1741, 772, 1748, 768 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCCN/CPCCCarts. 165, 279, 477
  • Acordada CSJN

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