FLORES, Ramon c/ CAJA PREVISIONAL P. EL P. P Y P PROV Y COMP. PARA EL PER POL DEL EX TER DE TDF s/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA
El actor promovió acción de amparo contra la Caja Previsional para el Personal Policial y Penitenciario de Tierra del Fuego reclamando el pago del haber compensatorio previsional en un solo pago mensual. La Cámara, por mayoría, revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al amparo y declaró inadmisible la vía elegida por falta de acreditación de un daño grave, concreto y actual que justifique la vía excepcional.
¿Quién es el actor?
Ramón Flores, beneficiario del retiro móvil compensatorio previsional como ex policía territorial.
¿A quién se demanda?
Caja Previsional para el Personal Policial y Penitenciario Provincial y Compensadora para el Personal Policial del Ex Territorio de TDF.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
pago de los haberes devengados (S.A.C. primer semestre y julio 2025) y de los sucesivos, dentro del quinto día hábil de cada mes y en un solo pago, cuestionando la prelación de pagos dispuesta por la Resolución Nº 148/2025 CPPyPTDF.
¿Qué se resolvió?
hizo lugar a la demanda en todos sus términos, con costas a la demandada.
¿Qué se resolvió?
hizo lugar al recurso de la demandada, revocó la sentencia y declaró inadmisible la acción de amparo, con costas por su orden en ambas instancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El estándar para la apertura de la vía excepcional del amparo demanda apoyatura en una estimación concreta de los perjuicios invocados (...) La demostración de la incidencia de la falta de pago denunciada se constituye en un requisito ineludible para el examen del perjuicio económico que invoca."
"Tampoco justifica el abordaje por este carril excepcional el alegado carácter alimentario del haber de retiro cesado, toda vez que este último constituye solo una porción de los ingresos que percibe sin que se haya acreditado que la minusvalía de sus haberes le provoque un daño de imposible reparación y/o que impida su subsistencia o la de su familia."
Se consideró que el actor percibe un haber de retiro principal de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, y que ya recibió un pago parcial de $529.376,88, circunstancias no mencionadas en la demanda.
Se remarcó que "la defensa de la Caja Previsional en orden a la sustentabilidad del sistema (...) reclaman a su vez mayor amplitud de debate, siendo los canales ordinarios los más adecuados para el abordaje de la problemática."
La Cámara exhortó a los poderes Ejecutivo y Legislativo a revisar el diseño normativo y el financiamiento del régimen previsional policial, señalando que "el conflicto aquí evidenciado no puede ser resuelto de manera estable y equitativa mediante pronunciamientos aislados en el marco de acciones de amparo o medidas autosatisfactivas individuales."
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