ALVAREZ MANDUANI MARCELO JAVIER C/ EXPERTA ART S.A. S/ REG. HONORARIOS LEY 27.348 REG. DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La parte demandada interpuso recurso extraordinario de casación contra la sentencia que rechazó su apelación en un reclamo de honorarios profesionales en un juicio laboral. La Sala Civil, Comercial y del Trabajo concedió el recurso por encontrarse cumplidos los requisitos formales de admisibilidad, limitándose a un examen de forma sin valorar el fondo de los agravios.
¿Quién es el actor?
El recurso es interpuesto por la parte demandada, EXPERTA ART S.A. El caso se origina en la causa "ALVAREZ MANDUANI MARCELO JAVIER C/ EXPERTA ART S.A. S/ REG. HONORARIOS LEY 27.348 REG. DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES" (expte. 9356/2024, Juzgado de Primera Instancia del Trabajo Nº 1, Distrito Judicial Norte).
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales en el marco de la Ley 27.348.
¿Qué se resolvió?
La Sala CONCEDIÓ el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada (ID E-1131562) y dispuso elevar los autos al Superior Tribunal de Justicia. La resolución es una sentencia interlocutoria de admisibilidad, sin pronunciamiento sobre el fondo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es competencia de esta Sala, examinar y decidir si corresponde habilitar la vía recursiva de casación; en atención a ello, debe el Tribunal limitarse a analizar la procedibilidad del remedio intentado, teniendo en cuenta, en el análisis que se efectúe respecto a su admisibilidad formal, que dicho recurso es típicamente extraordinario."
Se citan doctrina (MORELLO) y jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia (expte. 1174 SDO, sent. 20.04.01): "el procedimiento de admisibilidad que realiza el Tribunal que dictó la sentencia impugnada debe limitarse a verificar que el escrito recursivo contenga los requisitos formales exigidos, es decir, si concurren los requisitos que norman los arts. 285º a 290 del CPCCLRM sin entrar a valorar la razonabilidad o exactitud en la motivación".
"Del estudio realizado en autos, surge que se encuentran cumplimentados los recaudos procesales, respecto a plazo, forma, monto, modo y legitimación para interponer el recurso." Se verificó que fue presentado dentro del plazo legal (notificación del 01/09/2025; cargo electrónico del 22/09/2025) y que se cumple el requisito de monto del art. 286.3 del CPCCLRyM.
"En tales condiciones y toda vez, que la inspección de admisibilidad debe limitarse a los aspectos meramente formales... consideramos que la vía debe habilitarse."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.