CONTRERAS ANALÍA ROSA C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO S/ EJECUCIÓN DE SENTENCIA
La parte demandada apeló la regulación de honorarios del letrado de la actora en la ejecución de sentencia por considerar que el porcentaje aplicado correspondía a dos etapas no cumplidas y que no se había ponderado la labor del otro profesional interviniente. La Cámara admitió el recurso, revocó la resolución de grado y fijó los honorarios del doctor Castelli en el 9,5% y los del doctor Ayunes en el 0,5% del monto de la ejecución, con costas por el orden causado.
¿Quién es el actor?
CONTRERAS ANALÍA ROSA.
¿A quién se demanda?
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución de sentencia; regulación de honorarios de los letrados de la parte actora (doctor Castelli y doctor Ayunes).
¿Qué se resolvió?
el tribunal admitió el recurso de apelación de la demandada y revocó la resolución de grado. Fijó los honorarios del doctor Castelli, por su labor en la primera etapa de la ejecución, en el 9,5% del monto de la ejecución ($694.771,87), y los del doctor Ayunes, por su intervención en el escrito de impulso, en el 0,5% de la misma base ($36.566,94). Impuso las costas de la instancia por el orden causado, al no haber mediado contradicción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...del porcentual asignado en grado a la asistencia letrada de la demandante, es fácilmente deducible que se ha omitido efectuar la división de acuerdo a la primera etapa -únicamente- transitada en el proceso de ejecución de sentencia (art. 66 inc.a, por remisión del art. 68 de la ley arancelaria). Esto, porque, según se dijo, los emolumentos fueron fijados en el 20% de la liquidación aprobada (art. 67 ley 1384), que es el máximo regulable previsto en la escala arancelaria, mas, sin la detracción de que habla el art. 66 de la misma ley relativa a las etapas efectivamente cumplidas."
"...asiste razón a la apelante respecto a que se omitió ponderar la tarea abogadil del restante letrado que tuvo participación en la presentación que obra a ID E-1007138 y en la que instó al dictado de la sentencia, denunciado la cuenta bancaria de la actora. Extremo éste que, como bien dice la parte, podría redundar en su perjuicio, por superarse el guarismo máximo tolerado por la escala aplicable, ante la petición regulatoria por parte de aquél."
"...cabe efectuar una nueva regulación que se ajuste a los márgenes arancelarios y las etapas efectivamente cumplidas, además de adecuarse a la participación que le cupo a cada profesional."
La jueza Luciana María Gutiérrez adhirió a la solución propuesta por el juez Daniel Osvaldo Satini, quien lideró el acuerdo. El juez Francisco José Cappellotti no suscribió por encontrarse en uso de licencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.