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Cámara de Apelaciones

NÚÑEZ, MARIO ERNESTO C/ SWISS MEDICAL ART S.A S/ APELACIÓN ART 46 LEY 24557 (N-TR2 Nº965/2021)

La actora presentó la liquidación de la incapacidad reconocida en la sentencia definitiva, por la suma de $11.533.420,80, y la aseguradora la impugnó por un IBM erróneo y por la tasa de interés del 6% anual. La Cámara aprobó la liquidación de la actora, rechazó la impugnación sobre el IBM por falta de prueba que desvirtúe el certificado del art. 80 LCT y rechazó la objeción a la tasa del 6%, por aplicación obligatoria del precedente Zamboni del STJ.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL NORTE (RIO GRANDE) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL NORTE (RIO GRANDE) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
9868/2022
Liquidacion Incapacidad laboral permanente Ingreso base mensual Certificado art. 80 lct Tasa de interes 6% Precedente zamboni Obligatoriedad de la jurisprudencia del stj Tasa de justicia Honorarios en ius Ley 24557.

¿Quién es el actor?

Mario Ernesto Núñez.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Liquidación de la indemnización por incapacidad reconocida en la Sentencia Definitiva Nº 101/2023, ajustada a los parámetros fijados por el Superior Tribunal de Justicia (ID.1003041).

¿Qué se resolvió?

Se aprobó la liquidación de la actora por $11.533.420,80, a pagar por la ART en diez días desde que quede firme, bajo apercibimiento del art. 1, apartado 3, del DNU 669/19. Se ordenó a la aseguradora abonar la tasa de justicia de $346.002,62 en cinco días, bajo apercibimiento de multa del 50%. Se regularon honorarios de la letrada de la actora (Dra. Carolina García) en 29,05 IUS y de la letrada de la demandada (Dra. Lara Antonella Brini) en 20,33 IUS, con valor IUS de agosto/2025.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Al analizar la liquidación de la accionante, se advierte que ésta se ajusta razonablemente a los parámetros de la sentencia recaída en autos, por lo que corresponde tener por aprobada en cuanto ha lugar por derecho".

Sobre el IBM: "Respecto al cuestionamiento efectuado por la ART en lo atinente al valor del ingreso base mensual, corresponde rechazarlo, toda vez que en su presentación no acompañó ninguna documental que permita descalificar el certificado del art. 80 LCT adjuntado por la actora."

Sobre la tasa del 6%: "la impugnación por la aplicación de la tasa de interés pura del 6% anual (precedente Zamboni), no prosperará toda vez que en virtud del artículo 37 de la ley 110, los precedentes del Superior Tribunal de Justicia constituye jurisprudencia obligatoria que deben seguir los tribunales inferiores en cuanto determinen la interpretación y aplicación de las cláusulas constitucionales y de la Ley."

¿Cómo votaron los jueces?

la jueza Luciana M. Gutiérrez fue la ponente y el juez Daniel O. Satini adhirió; el juez Francisco Cappellotti no suscribió por licencia. No hay disidencias.

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