R.S.O. S/ RESTRICCION A LA CAPACIDAD
El actor promovió acción de restricción a la capacidad de su progenitor, que fue rechazada en primera instancia por falta de presentación de certificados médicos, con imposición de costas al actor. La Cámara declaró abstracta la cuestión de fondo por el fallecimiento del progenitor y revocó la imposición de costas, ordenando que sean impuestas por el orden causado.
¿Quién es el actor?
A. R. C., hijo del causante.
¿A quién se demanda?
R. S. O. (progenitor, cuya restricción de capacidad se pretendía; falleció durante el trámite).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
restricción a la capacidad y designación de figura de apoyo (art. 32 CCyCN), con reencauzamiento del proceso conforme art. 564.2 CPCCLRyM.
¿Qué se resolvió?
rechazó la acción por falta de cumplimiento de los requisitos del art. 564.1 CPCCLRyM e impuso las costas al actor por el principio de la derrota.
¿Qué se resolvió?
declaró abstracta la cuestión de fondo; admitió el recurso en lo referido a las costas de primera instancia y las ordenó por su orden (art. 78.2 CPCC); impuso las costas de Alzada por su orden. Por unanimidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"…acreditado el deceso del progenitor, la cuestión de fondo controvertida en autos ha devenido abstracta, por cuanto ha desaparecido el objeto práctico y jurídico de la pretensión de restricción de capacidad y designación de figura de apoyo pretendida en el marco de estas actuaciones."
"…las sentencias deben ceñirse a las circunstancias existentes al momento de ser dictadas, careciendo de objeto todo pronunciamiento que recaiga sobre cuestiones devenidas abstractas."
Sobre las costas: "…el peticionante pudo razonablemente considerar que existían fundamentos válidos para promover la presente acción, atendiendo a la naturaleza del reclamo y a la finalidad perseguida. Su accionar no puede calificarse de temeraria…"
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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