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Cámara de Apelaciones

DÍAZ RUBÉN ALFREDO C/ BGH S.A Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Un trabajador promovió demanda por daños y perjuicios contra su empleadora y su aseguradora de riesgos del trabajo por una enfermedad profesional (tendinitis de miembros superiores) derivada de tareas de soldadura en línea de producción. La Cámara de Apelaciones de la Sala Civil, Comercial y del Trabajo confirmó la responsabilidad solidaria de la aseguradora por omisión en el control ergonómico y modificó la sentencia de grado sólo en la tasa de actualización de los intereses por mora, fijándola conforme al criterio del STJ en Macías.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL NORTE (RIO GRANDE) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL NORTE (RIO GRANDE) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
11096/24
Enfermedad profesional Responsabilidad solidaria Aseguradora de riesgos del trabajo Omision de control ergonomico Ley 24557 Opcion excluyente Ley 26773 Danos y perjuicios Intereses por mora Incapacidad sobreviniente.

¿Quién es el actor?

Rubén Alfredo Díaz.

¿A quién se demanda?

BGH S.A. (empleadora) y Galeno ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación integral por la enfermedad profesional (tendinitis de miembros superiores, con PMI al 10/05/2016) que afectó al trabajador en tareas de soldadura en línea de producción y fabricación de aires acondicionados. Se pidió la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 26773 (opción excluyente).

¿Qué se resolvió?

declaró inconstitucional el art. 4 de la ley 26773 en cuanto impone la opción excluyente; admitió la demanda; condenó solidariamente a BGH S.A. y Galeno ART S.A. a pagar la suma que resulte de la liquidación, por el 25,91% de ILPPD, deduciendo el 8,50% abonado en sede administrativa; impuso las costas a la vencida.

¿Qué se resolvió?

BGH S.A.: se admite parcialmente el recurso. Se desestima el planteo de nulidad por arbitrariedad. Se modifica la sentencia únicamente en el mecanismo de actualización para el caso de mora: debe aplicarse la tasa que cobra el Banco de Tierra del Fuego en descuento de documentos en pesos de 181 a 365 días (criterio "Macías", STJ), y no el promedio entre tasa activa y pasiva.

Galeno ART S.A.: se rechaza el recurso. Se confirma la responsabilidad solidaria y la imposición de costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...Galeno fue la encargada de la cobertura de riesgos laborales durante los años que van desde el 2016 al 2019."

"...De los 60 siniestros 42 son debidos a causas ergonómicas[...] En 23 visitas la ART hace la recomendación de evaluar ergonómicamente el puesto (RESOLUCIÓN 886/15).// Dos de los siniestros con causa ergonómica son específicamente en el puesto de soldadura de aire acondicionado en calesita [tarea que hacía el señor Díaz]."

"...la codemandada conocía el incumplimiento de la empresa BGH S.A. respecto de la implementación de las exigencias de la Resolución 295/03 MTEySS. Aún así, durante la vigencia del contrato de afiliación -2016/2019- con relevamiento de 60 siniestros verificados, de los cuales 42 de ellos obedecieron a causas ergonómicas no realizó acciones tendientes a lograr la operatividad de un programa apropiado..."

"La omisión de Galeno se correlaciona directamente con el incumplimiento de los deberes a cargo de las Aseguradoras establecidos en el artículo 4. apartados 2 y 4 de la ley 24557 y la hace responsable solidariamente por los daños en la persona del trabajador... Su conducta, en definitiva coadyuvó a la producción del resultado dañoso."

Respecto de la fórmula de cálculo de la incapacidad, la Cámara sostuvo que la explicación del juez de grado (aplicación del fallo "Méndez" para evitar la pérdida del poder adquisitivo) "excluye todo tipo de arbitrariedad".

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