SANTANA SANTANA MOISES C/ LISARDO VICENTE CANGA Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La parte actora interpuso recurso extraordinario de casación contra la sentencia de Cámara que rechazó su apelación y confirmó parcialmente la decisión de primera instancia en una demanda por daños y perjuicios. La Sala Civil, Comercial y del Trabajo concedió el recurso por verificar el cumplimiento de los requisitos formales de admisibilidad, sin ingresar en el fondo de los agravios.
¿Quién es el actor?
Moisés Santana Santana.
¿A quién se demanda?
Lisardo Vicente Canga y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios, con reclamo de $ 18.000.000 por el rubro daños, rubro que fue rechazado por la Cámara.
¿Qué se resolvió?
la Sala Civil, Comercial y del Trabajo de la Cámara de Apelaciones, Distrito Judicial Norte, CONCEDIÓ el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte actora y ordenó elevar los autos al Superior Tribunal de Justicia. La decisión no resuelve el fondo: se limita a la admisibilidad formal del recurso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la inspección de admisibilidad debe limitarse a los aspectos meramente formales, es decir, extrínsecos, sin entrar en consideraciones de otra índole, y que son privativas del a quem, independientemente de la veracidad, justeza o procedencia sustancial de los agravios, consideramos que la vía debe habilitarse."
Respecto del recaudo del art. 286.3 del CPCCLRM: "...en la demanda por daños, el accionante persigue el cobro de $ 18.000.000 (ver. ID.E-577471), rubro que ha sido rechazado por esta alzada, por tanto consideramos procedente el recurso en trato."
Sobre la naturaleza de la resolución recurrida: "La sentencia recurrida, si bien es interlocutoria ostenta el carácter de definitiva, puesto que pone fin a la cuestión planteada, impidiendo un replanteo posterior."
Cita de doctrina y jurisprudencia del STJ provincial, que sostiene que el juicio de admisibilidad "debe limitarse a verificar que el escrito recursivo contenga los requisitos formales exigidos... sin entrar a valorar la razonabilidad o exactitud en la motivación".
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