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Cámara de Apelaciones

FERNÁNDEZ ALEJANDRA DANIELA C/ PROVINCIA ART S.A S/ RECURSO DE APELACIÓN LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO (N-CA-SC)

En un expediente de ejecución de sentencia por riesgos del trabajo, la Cámara regula los honorarios del letrado de la actora, Dr. Mariano Carlos Corini, aplicando el 15% sobre una base de $227.237,72 y fijando 0,67 IUS. La resolución tiene por fundamento los arts. 67 y 68 de la Ley 1384 y el art. 12, 34 y 67 y 68 de la Ley 1348.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL NORTE (RIO GRANDE) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL NORTE (RIO GRANDE) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
9228/2019
Regulacion de honorarios Ejecucion de sentencia Riesgos del trabajo Provincia art Base regulatoria Ius Intereses moratorios Liquidacion indemnizatoria Ley 1384 Ley 1348.

¿Quién es el actor?

Alejandra Daniela Fernández.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales del Dr. Mariano Corini, por labores realizadas en la ejecución de sentencia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara regula los honorarios del Dr. Mariano Carlos Corini en un 15% sobre la base determinada y cuantifica sus emolumentos en 0,67 IUS (valor IUS febrero 2025: $57.589), a abonarse en diez días bajo apercibimiento de continuar la ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De las constancias de autos surge, que durante el trámite de ejecución se registraron planteos e impugnaciones, las cuales han sido observadas y resueltas por el Tribunal. Consentidas las Sentencia Interlocutorias Nº 361/2022 y Nº 325/2023, corresponde tener en cuenta los valores que surgen en cada una de ellas, a los efectos de determinar la base regulatoria."

"Ambos decisorios, aprueban las liquidaciones practicadas por la Alzada: la primera sobre liquidación indemnizatoria en $ 139.948,66 y la segunda por intereses moratorios en $ 87.289,06, así, arribamos como resultado a una base de cálculo de $ 227.237,72."

"Sentado ello, y a tenor de lo dispuesto en los arts. 67 y 68 de la Ley 1384, sobre la base determinada se aplicará un porcentaje del 15% para el letrado de la actora."

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