ROMERA ANAHÍ LUCIANA C/ GALENO ART S.A S/ RECURSO DE APELACIÓN – LEY RIESGOS DE TRABAJO (N- CA-SC)
Los honorarios del perito médico y del letrado de la parte actora, por los que la aseguradora de riesgos del trabajo había sido condenada en costas, devengan intereses moratorios desde el vencimiento del plazo para su pago. La Cámara aprobó con correcciones las liquidaciones presentadas, fijando como fecha de inicio de la mora el 22/02/2022 para el perito y el 28/02/2023 para el letrado, y ordenó el pago de $325.134,66 y $1.196.827,49 en diez días.
¿Quién es el actor?
ROMERA ANAHÍ LUCIANA.
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
liquidación de intereses moratorios sobre los honorarios del perito médico interviniente (Dr. Claudio Silvestro) y del letrado de la parte actora (Dr. Mariano Corini), a cargo de la aseguradora condenada en costas.
¿Qué se resolvió?
la Cámara descartó ambas liquidaciones presentadas por no respetar los períodos correctos y practicó un nuevo cálculo. Para el perito tomó como base $90.000, imputó como pago parcial $30.000 y fijó el inicio de la mora el 22/02/2022, lo que arrojó $325.134,66 hasta el 27/08/2024. Para el letrado fijó el inicio el 28/02/2023 y arrojó $1.196.827,49 hasta la misma fecha. Aprobó ambas sumas en cuanto ha lugar por derecho y ordenó su pago en diez días desde que quede firme la resolución, bajo apercibimiento de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la misma será descartada y reformulada por esta Alzada con el objeto de evitar mayores dilaciones."
"...la condenada en costas -GALENO ART S.A.-, ha sido notificada de la sentencia en fecha 17/12/2021, por lo que vencimiento para cancelar los emolumentos del galeno se tornó efectivo en fecha 22/02/2022 y desde tal día es que -efectivamente- comenzaron a devengarse los intereses respectivos."
"...la condenada en costas -GALENO ART S.A.-, ha sido notificada de la sentencia en fecha 01/02/2023, por lo que vencimiento para cancelar los emolumentos del doctor Corini se tornó efectivo en fecha 28/02/2023 y desde tal día es que -efectivamente- comenzaron a devengarse los intereses respectivos."
La jueza Gutierrez votó en el sentido indicado y el juez Cappellotti adhirió en los mismos términos, por lo que la decisión es unánime.
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