JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

BADILLA, Gastón Alejandro y otros s/Homicidio Agravado s/Incidente de prisión domiciliaria de Alejandro Héctor Badilla

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación de la defensa de Alejandro Héctor Badilla, condenado a prisión perpetua por homicidio agravado, que pretendía su prisión domiciliaria por padecer diversas patologías crónicas. El tribunal consideró que la privación de libertad no genera un trato cruel ni agrava su estado de salud, y ordenó extremar los controles médicos en la unidad penitenciaria con informes trimestrales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
1813/24
Prision domiciliaria Ejecucion penal Homicidio agravado Salud del condenado Trato cruel inhumano o degradante Atencion medica en detencion Ley 24.660 Art. 32 ley 24.660 Prision perpetua Excusacion judicial

Demandante/Recurrente: Defensa de Alejandro Héctor Badilla.

¿A quién se demanda?

Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte (resolución que denegó la prisión domiciliaria), en el marco de la ejecución de la pena.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prisión domiciliaria del condenado (condena a prisión perpetua por homicidio agravado, art. 80 inc. 2° CP, dictada el 24/10/2023), fundada en su estado de salud (diabetes tipo II, hipertensión arterial, cardiopatía, EPOC, obesidad mórbida y otras patologías).

¿Qué se resolvió?

Se aceptó la excusación de la jueza Edith Miriam Cristiano y se rechazó el recurso de casación, sin costas. Se ordenó a la Unidad de Detención I de Río Grande extremar los cuidados médicos, practicar controles cardiológicos extramuros si fueran necesarios y remitir informes trimestrales al Tribunal de Juicio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "La prisión domiciliaria no es una opción automática. Los jueces deben evaluar ciertos factores antes de concederla, tales como la peligrosidad del recluso y la naturaleza del delito cometido."

> "En las presentes, la privación de la libertad de Alejandro Badilla no genera un trato cruel, inhumano o degradante ni agrava su estado de salud. Ha quedado demostrado que la unidad de alojamiento ha solicitado turnos para el interno y ante dolencias específicas, se lo ha trasladado al nosocomio —más allá de los retrasos e inconvenientes administrativos que efectivamente existieron—."

> "Es menester ponderar la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto a que la detención domiciliaria es una medida excepcional que está encaminada a evitar el trato cruel, inhumano o degradante del detenido o la restricción de derechos fundamentales que la prisión no debe afectar, por lo que si desaparecen las circunstancias idóneas para provocar alguna de esas dos consecuencias del encarcelamiento, la medida deja de estar justificada."

El voto del juez Löffler fue compartido por los demás jueces, por lo que la decisión es unánime.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.