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Tribunal Superior

Incidente de excarcelación respecto de los internos V, R. C. y V, J. A.

Los jueces Sagastume, Battaini, Löffler y Muchnik se excusaron de intervenir en el recurso de casación de la defensa de R. C. F. V. y J. A. V., por haber participado previamente en la resolución que anuló la absolución y ordenó reeditar el juicio con perspectiva de género y de niñez. El Superior Tribunal aceptó las excusaciones por temor de parcialidad, en aplicación del inciso 13 del artículo 45 del C.P.P.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
1630/2023
Excusacion de magistrados Inhibicion Imparcialidad Juez natural Prision preventiva Excarcelacion Perspectiva de genero Perspectiva de ninez Abuso sexual agravado Recurso de casacion

¿Quién es el actor?

no aplica en sentido estricto; se trata de un incidente de excusación de magistrados dentro de la causa de excarcelación de los internos V., R. C. y V., J. A.

¿A quién se demanda?

no aplica.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

que los jueces se aparten del conocimiento del recurso de casación interpuesto por la defensa contra la resolución del Tribunal de Juicio que dispuso la prisión preventiva.

¿Qué se resolvió?

se aceptaron las cuatro excusaciones (Sagastume, Battaini, Muchnik y Löffler) y se dispuso que los autos pasen al Acuerdo para tratar el recurso de casación de fs. 16/17vta.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Entendemos que corresponde hacer lugar a lo peticionado por los magistrados, toda vez que los extremos invocados impiden que actúen en esta instancia."

"Los tres primeros examinaron los autos principales 'V., R. C. y V, J. A. s/ Abuso sexual agravado' -expte. nº 1245/22 SP- e intervinieron en el dictado de la resolución obrante a fs. 336/353vta., en la que sustancialmente coincidieron en el yerro del primigenio pronunciamiento absolutorio, toda vez que el Tribunal de Juicio omitió valorar la prueba incorporada al proceso con perspectiva de género y de niñez. Ello representa una base objetiva suficiente para generar en las partes -en particular, en los enjuiciados y su defensa- un fundado temor de parcialidad en el juzgamiento del caso en esta instancia casatoria."

"Asiste razón a los magistrados cuando expresan que esta situación no se halla prevista en el inciso 1º del artículo 45 del código de rito (punto 1º del informe). [...] De allí que la invocación de la causal contenida en el inciso 13 del código de rito no merece observaciones."

"Los fundamentos esgrimidos resultan también de aplicación a la situación descripta por el Juez Javier Darío Muchnik. [...] formando así una opinión al respecto, circunstancia que resulta suficiente para encuadrar el supuesto bajo estudio en lo previsto por el inciso 13 del artículo 45 del C.P.P."

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