BARRÍA, César Esteban s/ Incidente de casación -Lib. Condicional
El interno César Esteban Barría cuestionó la denegatoria de su libertad condicional, sosteniendo que su problemática de consumo no debía computarse en su contra. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación, por mayoría, al considerar razonable la decisión de la jueza de ejecución basada en los informes desfavorables del Consejo Correccional, del equipo interdisciplinario y en la inadecuación del domicilio propuesto.
Actor/Recurrente: César Esteban Barría, interno cumpliendo pena única de dos años y un mes de prisión de cumplimiento efectivo por la unificación de seis condenas por delitos contra la propiedad.
Demandado/Organismo recurrido: Juzgado de Ejecución del Distrito Judicial Norte.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
pedido de libertad condicional.
¿Qué se resolvió?
se rechaza el recurso de casación, sin costas, se tiene presente la reserva del caso federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Jueza Cristiano (voto que lidera el acuerdo): "la decisión de la jueza de ejecución de no conceder la libertad condicional a César Esteban Barría reviste fundamentos serios, atendibles y suficientes, y constituye una derivación razonada de la normativa aplicable y los elementos de convicción incorporados." Agrega que "no resulta acertada la postura del defensor en cuanto simplifica la denegatoria en la problemática de consumo de Barría. Más bien, se sustenta en los exhaustivos y detallados abordajes descriptos."
Sobre los requisitos legales: "el peticionante no cumple con el requisito que establece el artículo 13 del código penal de obtener un '…informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social…'." Y, "Como dijimos, en el caso ambos informes han resultado desfavorables."
Sobre el domicilio: "es imperativo que al solicitar la libertad condicional se cuente con un lugar apto para residencia."
Conclusión: "no advierto falta de motivación o arbitrariedad en los argumentos que sustentan la resolución del Juzgado de Ejecución del Distrito Judicial Norte… tal resolución resulta razonable, motivada y, por lo tanto, válida."
Juez Sagastume (voto que acompaña): luce razonable el rechazo, destacando que "Barría no posee un lugar donde residir si no es en alguno que pueda serle brindado por alguno de sus familiares" y que la vinculación entre el policonsumo y su actuar delictivo justifica la denegatoria "por ahora". Las jueces Battaini, Muchnik y el juez Löffler adhieren a la propuesta de la jueza Cristiano.
¿Cómo votaron los jueces?
no se registran.
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