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Tribunal Superior

PEDERNERA, Jorge Antonio s/ Incidente de casación -semilibertad y salidas transitorias

El condenado por robo con arma Jorge Antonio Pedernera solicitó su incorporación al régimen de semilibertad y salidas transitorias, y el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación contra la denegatoria, por no hallarse en período de prueba y no acreditar un año de conducta ejemplar durante el último año, requisitos exigidos por la ley 24.660 y su decreto reglamentario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
1723/2024
Semilibertad Salidas transitorias Ejecucion penal Progresividad del regimen penitenciario Periodo de tratamiento Conducta ejemplar Requisitos legales Robo con arma Recurso de casacion Costas.

Parte peticionante (recurrente): Jorge Antonio Pedernera, condenado a cinco años de prisión como coautor del delito de robo con arma (art. 166 inc. 2º, primer supuesto, CP), por la sustracción de $106.000 de la oficina de la firma "Credil" en Río Grande el 25 de noviembre de 2021.

Objeto de la solicitud: incorporación al régimen de semilibertad y salidas transitorias.

¿Qué se resolvió?

el Superior Tribunal de Justicia, por mayoría de votos (adhesión de los jueces Sagastume, Battaini, Muchnik y Löffler a la propuesta de la jueza Cristiano), RECHAZÓ el recurso de casación interpuesto contra la decisión de la jueza de ejecución, con costas al recurrente (art. 492, primera parte, CPP).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"…no observo arbitrariedad alguna en los fundamentos de la jueza de ejecución para denegar tal solicitud. Más bien, su resolución presenta fundamentos serios y constituye una derivación razonada y lógica que determina la aplicación del derecho vigente. El penado se limita a manifestar su voluntad recursiva sin aportar argumentos; y el defensor expone que no los tiene."

"…consta que el peticionante no se encuentra en el período de prueba respecto a la progresividad del régimen penitenciario, sino en el de tratamiento (fase de confianza), argumento que resulta per se suficiente para justificar la denegatoria en los términos del artículo 34 inciso 'a' del decreto reglamentario nº 396/99."

"…tampoco posee conducta ejemplar durante el último año contado a partir de la petición, lo que se erige como otro obstáculo conforme el artículo 17, punto III, de la ley 24.660… el año de conducta ejemplar anterior al pedido de salidas que exige la norma representa un límite claro y taxativo establecido por el legislador, que no da lugar a interpretaciones jurisdiccionales."

"…la objetiva circunstancia de que Pedernera al momento de requerir el inicio del trámite no se encontraba en el período de prueba permite dar sostén a la postura en torno a la cual no se da mínimamente el cumplimiento de un requisito esencial requerido…"

Se cita el precedente "Tejada Leiva" (expte. nº 1340/10 STJSR): "…el acceso a los distintos regímenes de la ejecución penal no se produce automáticamente por el mero transcurso del tiempo; antes bien, el legislador fijó una serie de requisitos que deben concurrir en el caso…"

Leyes que cita

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