SÁNCHEZ ALBERIONE, Juan Andrés s/Recurso de casación (denegatoria de salidas transitorias)
La defensa oficial de Juan Andrés Sánchez Alberione recurrió en casación la denegatoria de salidas transitorias dispuesta por el Juzgado de Ejecución del Distrito Judicial Norte, por entender que se exigió una subjetivación del delito improcedente para un homicidio preterintencional. El Superior Tribunal de Justicia, por mayoría, casó la resolución por valoración parcializada de los informes y ordenó dictar nuevo pronunciamiento.
Demandante/Recurrente: Defensa Oficial de Juan Andrés Sánchez Alberione (interno condenado).
Demandado/Contraparte: Juzgado de Ejecución del Distrito Judicial Norte (denegatoria de salidas transitorias, sentencia de fojas 176/180).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporación del interno al régimen de salidas transitorias (una vez por semana, domingos de 12 a 18 horas, bajo responsabilidad de su hija).
¿Qué se resolvió?
Sagastume, Battaini, Muchnik y Cristiano en el resolutivo): Hacer lugar al recurso de casación, casar la sentencia en cuanto denegó las salidas transitorias y remitir las actuaciones al Juzgado de origen para nuevo pronunciamiento. El Juez Löffler votó en minoría por rechazar el recurso y confirmar la denegatoria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
¿Cómo votaron los jueces?
"Como se observa hasta aquí, asiste razón a la casacionista respecto a que los informes han sido positivos, siendo el motivo de rechazo por parte de la Magistrada la falta de subjetivación del delito cometido, en función de la conclusión de la Lic. Garcés en torno al posicionamiento de Sánchez Alberione sobre el hecho y su estado de alcoholización."
"Sobre el punto, debo destacar que recurrir a dicho precedente para sostener la negativa por falta de subjetivación no resulta atinado, pues las características de aquel caso en modo alguno se asimilan a las del presente."
"Es asimismo atinada la observación de la casacionista en torno al tipo de delito que cometió Sánchez Alberione, el cual involucra la ausencia de dolo homicida (Homicidio preterintencional)."
"Se destaca lo anterior por cuanto no nos encontramos ante un instituto de libertad condicional sino una salida transitoria al domicilio de la hija una vez por semana."
"En suma, asiste razón a la defensa en torno a la parcialización del análisis de los elementos a valorar, por lo cual cabe casar la sentencia de hojas 176/180..."
¿Cómo votaron los jueces?
"la exigencia de una confesión de culpabilidad o reconocimiento de responsabilidad no se condice con la finalidad que la propicia la Ley 24.660." Sostiene que la subjetivación es un presupuesto para que el condenado comprenda y respete la ley, no para expiar, y que el informe del art. 13 del Código Penal debe pronosticar la reinserción, no limitarse a exigir arrepentimiento.
¿Cómo votaron los jueces?
Propone rechazar el recurso, sosteniendo que la denegatoria se fundó en la ausencia de subjetivación del delito, requisito para el egreso paulatino, y que el decisorio tiene fundamentación coherente y una valoración crítica e integral del material, sin implicar cierre definitivo.
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Leyes que cita
- Ley 24.660Pena privativa de la libertad
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