MONJE, Sergio Alejandro s/ Habeas Corpus
El interno Sergio Alejandro Monje promovió acción de habeas corpus por una presentación de apelación no recibida por el personal penitenciario y por la forma de cumplimiento de su pena. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación, confirmando que la acción era abstracta por haberse satisfecho el planteo inicial y que la vía del habeas corpus no era la adecuada, imponiendo costas por conducta temeraria.
¿Quién es el actor?
Sergio Alejandro Monje, interno, por habeas corpus (presentación in pauperis).
¿A quién se demanda?
Personal del Servicio Penitenciario de la Unidad de Detención N° 1 (acción u omisión atribuida).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se recibiera su recurso de apelación in pauperis y se le diera copia certificada, y solicitó audiencia con la Juez de Ejecución.
¿Qué se resolvió?
La Sala Penal de la Cámara de Apelaciones confirmó que la acción era abstracta; el Superior Tribunal rechazó el recurso de casación, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En mérito a los antecedentes mencionados por el Juez de grado, la alzada sostuvo que el planteo inicial realizado por Monje sobre el cual versa la pretensión fue satisfecho y, en consecuencia, no tiene actualidad, lo que impide que esta acción pueda cumplir con su finalidad, en tanto no subsiste una situación que deba hacerse cesar en los términos de los arts. 1 y 8 de la ley 333."
"En rigor, puede apreciarse que las instancias de ejecución y de alzada brindaron fundamentos suficientes, demostrativos de que la vía escogida no es la adecuada para resolver las contingencias esgrimidas por el interno. En definitiva, no se advierte la concurrencia de situaciones ilegales o arbitrarias respecto de la forma o condiciones en que Sergio Alejandro Monje cumple su pena privativa de la libertad."
"Finalmente cabe señalar que, luce razonable el criterio de imposición de costas seguido por la alzada, pues se advierte una conducta temeraria por parte de Monje. El interno conoce con claridad el modo de canalizar sus pretensiones dentro de la unidad de detención."
Los jueces Löffler, Cristiano y Sagastume adhirieron a la propuesta de la Jueza Battaini, por lo que la decisión es unánime.
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