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Tribunal Superior

R. G., S. P. c/ M. S., L. G. s/ Protección de Derechos

El demandado interpuso recurso extraordinario de casación contra la sentencia de la Cámara que confirmó la condena en un proceso de protección de derechos por violencia de género, cuestionando la valoración de la prueba. El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el recurso por tratarse de una crítica genérica que no demostró absurdidad en la valoración probatoria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA DE RECURSOS (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA DE RECURSOS (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
3266/2024
Proteccion de derechos Violencia de genero Recurso extraordinario de casacion Valoracion de la prueba Inadmisibilidad Arbitrariedad Amplitud probatoria Testimonio de la victima Carga de fundamentacion Ley 1022.

¿Quién es el actor?

S. P. R. G.

¿A quién se demanda?

L. G. M. S.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Protección de derechos (proceso de protección frente a violencia de género).

¿Qué se resolvió?

El STJ, por unanimidad, declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación del demandado y, por lo tanto, mal concedido. Sin costas en esta instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el análisis del plexo probatorio constituye materia inherente al análisis de la instancia ordinaria y sólo amerita la intervención casatoria cuando ha mediado un estudio apartado de los parámetros de la razonabilidad y lógica que gobiernan el sentido común, como elemento conducente a la arbitrariedad."

"De los términos del recurso sub examine, no emerge el cumplimiento de tal requisito, pues el casacionista se limita a reiterar críticas ya vertidas en la instancia ordinaria sobre criterios tenidos en cuenta para la evaluación del elenco probatorio obrante en la causa."

"...una condena basada en ese testimonio puede ser válida, en tanto se contraste ese testimonio con otros medios de prueba o indicios, como los informes médicos o testigos de contexto o hechos previos."

Los jueces Sagastume, Löffler, Muchnik y Cristiano adhirieron, señalando que el recurso "sólo contiene una censura de carácter genérico, que deja insatisfecha la carga procesal de expresar los motivos concretos de manera clara y concisa en la casación impuesta por el art. 290.2 CPCCLRyM".

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