CASTIGLIONI, Claudia Inés c/ C. P .S. P. T. F. s/ Contencioso Administrativo
Claudia Inés Castiglioni promovió demanda contencioso administrativa contra la Caja de Previsión Social de la Provincia de Tierra del Fuego, pretendiendo la nulidad de la disposición de presidencia 1310/2025 y el reajuste de su haber previsional. El Superior Tribunal de Justicia declaró la admisibilidad formal de la demanda y ordenó su traslado al organismo demandado por treinta días.
¿Quién es el actor?
Claudia Inés Castiglioni, por derecho propio y con patrocinio letrado.
¿A quién se demanda?
Caja de Previsión Social de la Provincia de Tierra del Fuego.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad de la disposición de presidencia 1310 del 18 de julio de 2025; ajuste del haber previsional conforme a los artículos 36 y 41 de la ley 1333 (según lo previsto en el artículo 42); pago de diferencias originadas en la aplicación del decreto 652/22 y del descuento del cinco por ciento (5%) establecido en las leyes de emergencia previsional 1190, 1302, 1403 y 1514; y dejar sin efecto el cargo practicado sobre el haber jubilatorio, con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal declaró la admisibilidad formal de la demanda, corrió traslado al presidente del organismo demandado por treinta (30) días conforme a las reglas del proceso ordinario, y dispuso la comunicación a la Fiscalía de Estado mediante cédula electrónica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la sentencia verifica que la actora había planteado ante la administración las mismas cuestiones el 4 de noviembre de 2024 (expediente "C" N° 311/2018), y que la disposición de presidencia 1310 del 18 de julio de 2025, que causa estado, trató esa presentación como recurso jerárquico contra el formulario de determinación 574/2024 y como reclamo administrativo contra la formulación del cargo, rechazando ambos y notificando a la interesada el 25 de ese mes y año. Textualmente: "En consecuencia, corresponde declarar formalmente admisible la acción promovida el 13 de agosto de 2025 y ordenar su traslado al señor presidente de la Caja de Previsión Social de la Provincia de Tierra del Fuego por el plazo de treinta (30) días (artículo 33 del CCA)." Y respecto de la Fiscalía de Estado: "teniendo en cuenta las medidas de modernización adoptadas por este Cuerpo respecto a las notificaciones electrónicas —conf. acordadas 27/20 y 89/22— ... practíquese la referida comunicación mediante cédula electrónica al usuario institucional 80004036".
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