VILLEGAS BRISIGHELLI, Vanina Daiana y otros c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO s/ Contencioso Administrativo
Cinco personas demandaron a la Provincia de Tierra del Fuego por la omisión de expedir y registrar sus títulos de carreras terciarias, reclamando además daños y perjuicios. El Superior Tribunal de Justicia declaró formalmente admisible la demanda respecto de las pretensiones de registro, validación nacional e indemnización, excluyendo la expedición del título de una de las actoras, y ordenó correr traslado a la Fiscalía de Estado.
¿Quién es el actor?
Vanina Daiana Villegas Brisighelli, Ileana Oliva, Fátima Ivonne Morales, Gabriel Eduardo Daniluk y Leonela Elizabeth González, por derecho propio y con patrocinio letrado.
¿A quién se demanda?
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (Ministerios de Salud y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
a) expedición del título oficial por la carrera terciaria cursada y aprobada; b) inscripción de la matrícula definitiva en el registro provincial; c) garantía de expedición y presentación ante el Ministerio de Educación de la Nación de la documentación legalizada para la validación nacional del título; d) indemnización de daños y perjuicios materiales y morales, con costas.
¿Qué se resolvió?
el tribunal declaró la admisibilidad formal de la demanda, con excepción de la pretensión del inciso a) respecto de la actora Vanina Daiana Villegas Brisighelli, cuyo título de "Técnico Superior en Emergencias Extrahospitalarias" ya había sido expedido. Ordenó correr traslado a la Fiscalía de Estado por treinta días conforme a las reglas del proceso ordinario y oficiar al Gobernador provincial para hacer saber el inicio del proceso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De lo anterior se desprende que, con relación al objeto precisado en el punto I —excepto la pretensión del inciso a) respecto de la actora Vanina Daiana Villegas Brisighelli—, están cumplidos los requisitos establecidos en los artículos 10, 6°, 7° inciso c) y 24, última parte, del OCA."
"...no ha recaído pronunciamiento administrativo expreso y, por lo tanto, se configura el silencio que contempla esa norma [artículo 151 de la ley 141], con excepción de la expedición del título de 'Técnico Superior en Emergencias Extrahospitalarias' de la actora Vanina Daiana Villegas Brisighelli."
"En consecuencia, corresponde declarar formalmente admisible la acción examinada; ordenar su traslado por cédula a la Fiscalía de Estado por el plazo de treinta (30) días (artículo 33 del OCA) y oficiar al señor Gobernador provincial para hacer saber el inicio del proceso (artículo 34 del código citado)."
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