SALDIVIA, Katherine Ailén s/ Lesiones leves, violación de domicilio y daños – Benítez, Daiana Mariel s/ Violación… s/ Recurso de queja
El recurso de queja interpuesto por la defensa de Katherine Saldivia contra la denegatoria de casación de la medida de implementación de dispositivo electrónico dual fue declarado abstracto tras el cese de la medida cautelar. El Superior Tribunal de Justicia constató que, al dejarse sin efecto el monitoreo electrónico, desapareció la materia justiciable, aunque subsistió la prohibición de acercamiento.
Actor/Recurrente: Defensa de Katherine Ailén Saldivia (imputada).
Demandado/Contraparte: Lidia Elizabeth Benítez (presunta víctima) y su grupo familiar conviviente; el Ministerio Público Fiscal propició el rechazo del recurso.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Dejar sin efecto la medida cautelar de implementación de un dispositivo electrónico dual de monitoreo, dispuesta por el Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte el 25 de junio de 2025 para garantizar la prohibición de acercamiento.
¿Qué se resolvió?
"DECLARAR ABSTRACTA la cuestión traída a estudio y resolución de este estrado en el recurso de queja por casación denegada, interpuesto en las hojas 1/5vta., contra la resolución vinculada al Id. D-109788."
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...resulta claro que la cuestión objeto de litigiosidad ha perdido virtualidad práctica. Por tanto, no existe materia sobre la cual deba pronunciarse este tribunal superior y corresponderá declarar abstracto el tratamiento de la queja interpuesta."
"Como hemos dicho en numerosas oportunidades, el gravamen debe existir al momento de tratar la cuestión objeto de impugnación, puesto que, si no subsiste, es una obviedad que la jurisdicción del órgano jurisdiccional no existe en el caso y que la cuestión planteada se ha tornado abstracta, por desaparecer la materia justiciable."
"...la modificación sustancial de los presupuestos fácticos existentes tornó inoperante o inidóneo el tratamiento y la resolución del planteo traído a examen del Superior Tribunal."
Antecedente: el 12 de diciembre de 2025 la imputada solicitó dejar sin efecto el dispositivo por los inconvenientes que le generaba para su tratamiento terapéutico y tareas comunitarias; el Juez Correccional dispuso el cese de la medida cautelar, dejando constancia de que permanece vigente la prohibición de acercamiento y contacto.
La decisión fue adoptada por unanimidad: la jueza Cristiano propuso la solución y los jueces Sagastume, Battaini, Muchnik y Löffler adhirieron.
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