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Tribunal Superior

LEGUE DURÁN, Leonardo Damián s/ Suspensión del juicio a prueba.

El defensor de Leonardo Damián Legue Durán interpuso recurso de casación contra la confirmación de la denegatoria de la suspensión del juicio a prueba, alegando falta de fundamentación y arbitrariedad. El Superior Tribunal de Justicia declaró abstracta la cuestión por haberse dictado el sobreseimiento del imputado tras la extinción de la acción penal por reparación integral del perjuicio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
2002/2025
Suspension del juicio a prueba Recurso de casacion Abstracto Extincion de la accion penal Reparacion integral del perjuicio Sobreseimiento Gravamen actual Fundamentacion Principio acusatorio Doble conforme

Actor (recurrente): Defensa de Leonardo Damián Legue Durán, representada por el Defensor Público Mayor.

Demandado (parte contraria): Ministerio Público Fiscal (la oposición fiscal sustentó la denegatoria del beneficio).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Suspensión del juicio a prueba en el expediente Nº 7598 del Juzgado de Instrucción Nº 3 DJN, peticionada el 27 de agosto de 2024.

¿Qué se resolvió?

El Superior Tribunal de Justicia declaró ABSTRACTA la cuestión traída a estudio en el recurso de casación (ID E-1112474), sin costas (artículo 492, segundo párrafo, del CPP).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la declaración de extinción de la acción penal pone fin al proceso en el marco del cual se pretendía el beneficio de la suspensión del juicio a prueba. [...] la modificación sustancial del presupuesto fáctico existente (v.gr.: extinción de la acción penal) tornó inoperante o inidónea la pretensión."

"...las decisiones del Superior Tribunal deben atender a las circunstancias existentes al tiempo de su dictado, aunque sean sobrevinientes al recurso incoado, pues como órgano judicial tiene vedado expedirse sobre los planteos que devienen abstractos, en tanto todo pronunciamiento resultaría inoficioso al no decidir un conflicto litigioso actual."

"...el interés jurídico en la declaración del derecho pretendido debe permanecer vigente al momento del dictado de la sentencia, 'porque de lo contrario el tema que lo originó se convierte en una cuestión abstracta (moot case) ajena, como tal, a la decisión de los jueces...'"

Los jueces Cristiano, Sagastume, Battaini y Muchnik adhirieron a la propuesta del juez Löffler, votando en igual sentido (decisión unánime).

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