GONZALO AGUSTINA C/ NEWSAN S.A. s/ DESPIDO- Expte N°1074/2023-JT N° 2
La actora, trabajadora registrada a plazo fijo pese a tener contrato a tiempo indeterminado, se consideró despedida indirectamente por la negativa de la empleadora a regularizar la registración laboral. La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda y rechazó los agravios sobre premio presentismo, sumas no remunerativas y el adicional del art. 3 de la Ley 26.341.
¿Quién es el actor?
Agustina Gonzalo.
¿A quién se demanda?
NEWSAN S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnizaciones derivadas de un despido indirecto, premio presentismo, sumas no remunerativas e incidencia del art. 3 de la Ley 26.341.
Resolución: Se rechazó el recurso de apelación de la demandada y se confirmó la sentencia de grado en lo que fue materia de agravios, con costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre el despido indirecto, el Tribunal sostuvo: "tal circunstancia se configura como una violación flagrante de los deberes esenciales del contrato y constituye, sin lugar a dudas, injuria suficiente en los términos del art. 242 de la LCT que justifica la conducta asumida por el demandante, en cuanto denunció el contrato de trabajo."
Respecto de la buena fe, se señaló que "un obrar acorde con dicho estándar debe existir 'tanto al celebrar, ejecutar o extinguir el contrato o la relación de trabajo'; principio que es de carácter bilateral."
Sobre el premio presentismo, se indicó que "Si bien el premio por asistencia estaba sujeto al presupuesto de la efectiva prestación de tareas, pero el trabajador lo venía percibiendo con regularidad antes de su licencia por enfermedad, corresponde que durante este lapso lo continúe recibiendo."
Sobre las sumas no remunerativas, el recurso fue considerado insuficientemente fundado, ya que la sentenciante consideró que constituyen ganancia vinculada a la prestación de servicios.
Respecto del art. 3 de la Ley 26.341, se entendió que "la falta de pago del adicional importa un trato discriminatorio hacia la actora", pues la distinción obedecía a la fecha de ingreso y no a circunstancias vinculadas al desempeño laboral, en los términos del art. 81 LCT.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 26.341Regimen del contrato de trabajo
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.