JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

GRITZAN, Cristian Nicolas e/ NEWSAN S.A s/DESPIDO

El trabajador Cristian Nicolas Gritzan demandó a NEWSAN S.A. por despido, reclamando la indemnización del art. 80 LCT por falta de entrega de un certificado de trabajo idóneo. La Sala Civil, Comercial y del Trabajo de la Cámara de Apelaciones hizo lugar al recurso del actor y modificó la sentencia de grado, admitiendo la indemnización por considerar que el certificado entregado omitió consignar el tiempo de prestación de los servicios, requisito esencial de su finalidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL SUR (USHUAIA) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL SUR (USHUAIA) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
11441/2023
Certificado de trabajo Art. 80 lct Indemnizacion Despido Intimacion Fecha de ingreso y egreso Ley 24.576 Ley 25.345 Apelacion Falta de entrega

¿Quién es el actor?

Cristian Nicolas Gritzan.

¿A quién se demanda?

NEWSAN S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido, con reclamo de la indemnización prevista en el art. 80 de la LCT por entrega deficiente del certificado de trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte actora y se modificó la sentencia de grado en su punto III y su aclaratoria, haciendo lugar a la indemnización correspondiente. Costas a la demandada vencida. Honorarios regulados en 35% para el vencedor y 30% para el profesional de la parte vencida, sobre el monto de la anterior instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...si tal certificado entregado (o consignado) contiene deficiencias para cuya determinación se requiere la intervención judicial, es decir que la negativa injustificada se configura una vez pasado en autoridad de cosa juzgada el resolutorio que así lo determine, entiendo que el presupuesto indemnizatorio se desdibuja en tales casos..." (cita del a quo, que la Cámara no comparte en este punto).

"...advierto que el certificado de trabajo bajo análisis no cumple debidamente con la finalidad referida más arriba, puesto que, tal como lo señaló el sentenciante de grado, no se indicó el tiempo de la prestación del servicio, constituyendo un dato necesario que el certificado debe contener."

Respecto del voto del Juez Acosta: "...en este caso particular el trabajador no solo intimó formalmente su entrega, sino que señaló específica y puntualmente los defectos de que adolecía el documento entregado, de modo que el principal tuvo oportunidad concreta de defensa y de ofrecer tempestivamente los Certificados bajo las condiciones legales vinculadas a sus fines."

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.