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Cámara de Apelaciones

ROSAS JIMENEZ, EXEQUIEL OMAR C/ OBRA SOCIAL DEL ESTADO FUEGUINO S/ AMPARO

El actor promovió acción de amparo para que la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF) le entregue de manera inmediata un stent coronario y autorice la angioplastia necesaria, tras un infarto agudo de miocardio. La Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Sur confirmó la imposición de costas a la obra social, declarada abstracta la cuestión, por considerar que la demandada obligó injustificadamente al actor a litigar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL SUR (USHUAIA) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL SUR (USHUAIA) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
1960/2026
Amparo Derecho a la salud Abstraccion Costas Vencimiento Obra social Stent coronario Angioplastia Ley 1496 Osef

¿Quién es el actor?

Exequiel Omar Rosas Jiménez.

¿A quién se demanda?

Obra Social del Estado Fueguino (OSEF).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo para la entrega inmediata, integral y efectiva de un stent coronario y la autorización y garantía de la práctica de hemodinamia o angioplastia necesaria para su colocación, prescriptos tras un infarto agudo de miocardio con estenosis severa de arteria descendente anterior.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación de la demandada y confirmó la sentencia de grado en cuanto impuso las costas a la obra social, las que fueron declaradas en esta instancia a cargo de la vencida. El juez de grado había declarado abstracta la cuestión y había impuesto las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En materia de costas, como resaltó el recurrente, ya hemos sostenido con cita del cimero Tribunal que '... en caso de litigios declarados abstractos, se entiende que las mismas deben ser distribuidas por su orden, siendo que resulta indubitado que en el presente proceso no existe parte vencida...' ... Sin perjuicio de ello, opera como salvedad a esa pauta rectora, la alternativa de que el Juez valore caso a caso la existencia de '... otras circunstancias especiales que ... justifiquen la atribución de los gastos del proceso a alguno de los litigantes...'"

"Atento los motivos relatados, se advierte que el insumo requerido fue entregado para su utilización en el tratamiento del amparista recién una vez iniciado el trámite del presente amparo por lo que cabe concluir que se vio injustificadamente obligado a litigar por esta vía, por lo que las costas se impondrán a la obra social demandada."

"Cabe agregar que la Ley (p) 1496 sancionada el 8/06/2023, reguló el tema en el artículo 20 diciendo: '... Las costas se impondrán por su orden en los casos en que las partes arriben a un acuerdo o bien cuando el juez encuentre motivos suficientes para creer que el actor se consideró con derecho a litigar.'"

"Si bien el caso fue declarado abstracto, lo cierto es que la conducta del organismo demandado generó la necesidad de promover la acción. A su vez, la gravedad de la situación planteada -atendiendo a la urgencia que revestía la cuestión de salud del actor- imponía al Organismo asumir una conducta diligente y adecuada, circunstancia que justifica la imposición de las costas en el modo decidido."

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