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Cámara de Apelaciones

LIEBICH, Vilma Maria c/ LOS ÑIRES S.A. s/ DESPIDO

La actora cuestionó la sentencia definitiva de la Sala Civil, Comercial y del Trabajo que resolvió su demanda por despido contra Los Ñires S.A. La Cámara concedió el recurso extraordinario de casación por considerar cumplidos los requisitos de admisibilidad y encuadrar la crítica en la valoración de la prueba y la norma de fondo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL SUR (USHUAIA) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL SUR (USHUAIA) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
1820/2025
Recurso extraordinario de casacion Admisibilidad Queja Despido Definitividad Valoracion de la prueba Norma de fondo Cpcclrym Los nires s.a. Liebich.

¿Quién es el actor?

Vilma María Liebich.

¿A quién se demanda?

Los Ñires S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones derivadas de un despido (proceso caratulado "LIEBICH Vilma Maria e/ LOS ÑIRES S.A. si DESPIDO", expediente 1123/2024 del Juzgado del Trabajo Nº 2, en trámite ante la Cámara bajo el Nº 1820/2025).

¿Qué se resolvió?

la Sala concedió el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia definitiva dictada el 24 de febrero de 2026, y ordenó elevar los autos al Superior Tribunal de Justicia sin más trámite. La resolución no se pronuncia sobre el fondo del reclamo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Este Tribunal de Alzada posee la competencia para examinar y decidir, en cada caso, si corresponde habilitar la vía recursiva extraordinaria de casación intentada."

"...el procedimiento de admisibilidad que realiza el Tribunal que dictó la sentencia impugnada debe limitarse a verificar que el escrito recursivo contenga los requisitos formales exigidos; es decir, si concurren los presupuestos que norman los arts. 285° a 290º del CPCCLRyM, sin entrar a valorar la razonabilidad o exactitud en la motivación..."

"...se encuentran cabalmente cumplidos los requisitos respecto a la naturaleza de la sentencia atacada, el plazo para la interposición del recurso, la forma escrita, el monto y lo relativo a la legitimación requerida."

"...lo plasmado en la presentación recursiva constituye una crítica que encuadraría en las hipótesis de infracción a las reglas sobre valoración de la prueba y de la norma de fondo, con los alcances allí reglados."

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