JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

GOMEZ, Haydee Maria Ester c/ SWISS MEDICAL GROUP ART S.A S/ Accidente de Trabajo

La actora Haydee María Ester Gómez promovió demanda contra Swiss Medical Group ART S.A. por accidente de trabajo y reclamó la actualización del IBM con una tasa de interés RIPTE que consideró insuficiente, y pidió la inconstitucionalidad del DNU 669/19. La Sala Civil, Comercial y del Trabajo rechazó la apelación y confirmó la sentencia de grado, siguiendo la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en los precedentes Zamboni y Quipildor y rechazando la inconstitucionalidad planteada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL SUR (USHUAIA) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL SUR (USHUAIA) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
1958
Accidente de trabajo Ley 24.557 Actualizacion ibm Tasa ripte Dnu 669/19 Inconstitucionalidad Resolucion ssn 332/23 Doctrina obligatoria stj Swiss medical group art s.a. Indemnizacion tarifada.

¿Quién es el actor?

Haydee María Ester Gómez.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical Group ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por accidente de trabajo (Ley 24.557), con actualización del IBM.

¿Qué se resolvió?

se rechaza el recurso de apelación de la actora y se confirma la sentencia de primera instancia, que había hecho lugar a la demanda. Se impone costas a la recurrente vencida y se regulan honorarios de Alzada: 35% para el letrado del vencedor y 30% para el profesional de la parte vencida, calculados sobre lo establecido en la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"el valor del capital -resultado del IBM- debe ser actualizado aplicando el reciente criterio del STJ en autos 'Zamboni, Julieta Edith c/ Experta ART S.A. s/ Apelación ART 46 Ley 24557' y 'Quipildor, Rafael Osvaldo c/ Experta ART SA s/ Apelación Art. 46 ley 24557', esto es, en el segundo tramo de la actualización desde la fecha de la PMI y hasta la fecha en que se deba poner a disposición la indemnización devengará un interés equivalente a la tasa de variación del índice RIPTE previsto por el art. 12.2 L.R.T conforme redacción del DNU Nº 669/19 y tasa del 6% anual".

"Así ha quedado establecido en la doctrina de este Estrado que desde la primera manifestación invalidante hasta el momento en que debe ponerse a disposición la indemnización por parte del sujeto obligado al pago, el IBM debe ser actualizado aplicando la 'tasa índice RIPTE' -inciso 2 artículo 12 LRT- y no el índice RIPTE que solo se encuentra previsto para mantener en valores hodiernos los salarios que se consideran a los efectos de establecer tal componente".

Respecto del planteo de inconstitucionalidad del DNU 669/19 y de la Resolución SSN 332/23, la Sala sostuvo que "a la luz del análisis efectuado precedentemente no se verifican a su respecto las vulneraciones invocadas en los agravios", por lo que "lo decidido por el magistrado de grado es acorde con la jurisprudencia obligatoria que deben seguir los tribunales inferiores al STJ, por aplicación de lo dispuesto en el art. 37 de la Ley Nº 110".

Se cita como precedentes "Salvatierra, Daiana María de los Ángeles c/ Experta ART SA s/ Accidente de Trabajo" y "Lugo, Victoria María c/ Provincia ART SA s/ Accidente de Trabajo", y el caso "De Santi, Fernando Ezequiel c/ Swiss Medical ART SA s/ Apelación ART Ley 24557" del STJ.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.