VERGARA CARLOS HORACIO C/ PREVENCIÓN S.A. S/ INCIDENTE DE APELACIÓN
La perito médica apeló la aplicación del artículo 730 del Código Civil y Comercial, que limita la responsabilidad por costas a la vencida cuando exceden el 25% del monto de condena, y reclamó la identificación del responsable del remanente impago. La Cámara rechazó el recurso y confirmó la decisión de primera instancia, sosteniendo que el precepto no regula el monto de los honorarios sino que establece un límite legal respecto de quién debe responder por los gastos causídicos.
¿Quién es el actor?
Carlos Horacio Vergara.
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de apelación en autos "VERGARA CARLOS HORACIO C/ PREVENCIÓN ART S.A. S/ INCIDENTE DE APELACIÓN" (Expte. 7905/2025, Juzgado de Primera Instancia del Trabajo Nº 1 del Distrito Judicial Norte).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la perito médica, se confirmó el decisorio en lo que fue materia de agravio, se impusieron las costas por su orden y se difirió la regulación de honorarios de los letrados intervinientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"independientemente del modo cómo se determine la retribución del experto, el cual no se halla vinculado en proporción con el monto del proceso -a tenor de lo establecido por el art. 2 de la ley 27348-, lo cierto es que tales emolumentos ingresan a la noción de 'costas' en cuanto el artículo puesto en juicio, señala en lo que interesa '...la responsabilidad por el pago de las costas, incluidos los honorarios profesionales, de todo tipo,...'"
"el Máximo Tribunal Federal se expidió sobre la constitucionalidad de la norma cuya descalificación se persigue in re 'Latino Sandra Marcela c/ Sancor Coop de Seg. Ltda. y otros s/ daños y perjuicios' (CIV 45865/2009/CS1) -11/07/2019- reiterando el criterio sentado en Fallos: 332:921, 'Abdurraman' y 332:1276 'Villalba'..."
"Ello es así en cuanto, el precepto no regula ni altera el quantum de los honorarios sino que establece un límite legal respecto de quién debe responder por los gastos causídicos."
"Sentando lo anterior, se torna inatendible la pretensión de la apelante, cuando solicita que identifique al responsable por el remanente, porque el artículo 730 no genera un vacío normativo. En tal sentido, no cabe al Tribunal imponer una obligación que el legislador ha limitado."
El voto del juez Cappellotti adhiere en forma unánime a la solución propiciada por el juez Satini, por compartir los mismos fundamentos.
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Leyes que cita
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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