TELLO HUGO DANIEL C/ EXPERTA ART S.A S/ REG. HONORARIOS LEY 27.348 REG. DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Un abogado reclamó honorarios extrajudiciales en un trámite administrativo ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo contra Experta ART, por la tendinitis de hombro izquierdo que le fue reconocida. La Cámara de Apelaciones confirmó la procedencia de la regulación, pero la redujo al reconocer que el letrado intervino sólo en parte del trámite y que otro abogado asistió a la audiencia médica.
¿Quién es el actor?
Dr. Hugo Daniel Tello (letrado).
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios por la actuación como letrado patrocinante en el expediente administrativo SRT Nº 229086/23, en el marco de la Ley 27.348 (honorarios extrajudiciales).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación de la demandada y se revoca la sentencia de grado en cuanto a la regulación. Se fijan los honorarios del Dr. Tello en 20 IUS, en lugar de los 25 IUS fijados en primera instancia. Las costas de Alzada se imponen por su orden y los honorarios de Alzada se regulan en un 35% de lo regulado en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...el art. 37 de la Resolución S.R.T. N° 298/17 es claro y expreso en cuanto dispone que los honorarios se encuentran a cargo de las ART cuando la actuación profesional resulte total o parcialmente oficiosa, supuesto que se configura en el caso toda vez que la pretensión por el reconocimiento de la enfermedad profesional de la tendinitis de hombro izquierdo fue admitido."
"Por lo demás, tratándose de una actuación extrajudicial sin contenido económico y de monto indeterminado, resulta aplicable la Ley 1.384, la cual fija un marco arancelario de entre veinticinco (25) y treinta (30) IUS. En este contexto, la regulación fue fijada en el mínimo legal previsto por la norma, sin que exista margen posible para una reducción con causa en la alegada actuación parcialmente oficiosa."
"...de las constancias del expediente administrativo SRT Nº 229086/26 que luce al ID E-957914 es posible constatar que el Dr. Tello no intervino en la totalidad de las actuaciones. En efecto, se verifica que a la audiencia médica el damnificado asistió con el Dr. Diego Reigada como asesor letrado... De lo contrario, se podría llegar al absurdo que ante un pedido de regulación de dicho letrado, se efectúe una doble fijación de estipendios profesionales."
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Leyes que cita
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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