“KRUPEK MAURICIO LEANDRO C/ PROVINCIA ART S/ INCIDENTE DE EJECUCIÓN PARCIAL”
La actora apeló la aprobación de la liquidación de capital en un incidente de ejecución parcial de una indemnización por accidente de trabajo contra Provincia ART. La Cámara declaró mal concedido el recurso por haber sido interpuesto fuera del plazo de cinco días del art. 493 del CPCC, aplicado por analogía a la ejecución de sentencia, sin pronunciarse sobre el fondo de los agravios.
¿Quién es el actor?
Mauricio Leandro Krupek.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de ejecución parcial de la indemnización derivada de una contingencia laboral (primera manifestación invalidante el 22/03/2022, reconocimiento el 26/12/2024).
¿Qué se resolvió?
el juez de grado aprobó la liquidación de capital por $30.892.385,40.
¿Qué se resolvió?
se declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la actora, por extemporáneo. Costas por su orden (art. 78.2 CPCC). Honorarios diferidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Tribunal de Alzada puede declarar mal concedido el recurso de apelación en cualquier momento, ya antes de la tramitación del recurso o incluso luego de concluido el trámite […] La Alzada es el juez del recurso y no esta vinculada por la conformidad de los judiciables, ni por decisión del inferior respecto de la concesión de la apelación".
La resolución atacada fue notificada a la actora el 15/05/2025 y el recurso ingresó el 26/05/2025, vencido el plazo de cinco días del art. 493 CPCCLRyM, aplicable al trámite de ejecución parcial dispuesto por el juez de grado.
Con cita del STJ-SR en "Arrieta, Marcos Cristian c/ Coccaro Hnos Construcciones S.A." (27/04/2022): "Los textos legales no deben ser considerados aisladamente sino correlacionándolos con los que disciplinan la misma materia, como un todo coherente y armónico". Se equipara la ejecución de sentencia con el juicio ejecutivo, dada la eficacia del título, la celeridad procesal y la presunción favorable al acreedor.
Consecuentemente, se declara mal concedido el recurso por manifiesta extemporaneidad, sin analizar los agravios sobre el DNU 669/19, la Resolución SSN 332/23 ni la inconstitucionalidad planteada en subsidio de los arts. 7 y 10 de la ley 23928 y art. 11 inc. 2 de la ley 27348.
¿Cómo votaron los jueces?
unánime. Gutierrez (preopinante), Satini y Cappellotti adhieren.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.