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Cámara de Apelaciones

“TELLO HUGO DANIEL C/ EXPERTA ART S.A. S/ REG. HONORARIOS LEY 27.348 REG. DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El actor, abogado por derecho propio, reclamó la regulación de honorarios por su actuación en un expediente administrativo ante la SRT. La Cámara de Apelaciones rechazó el hecho nuevo consistente en una cesión de derechos profesionales con otro letrado y confirmó la sentencia de grado, que había regulado sus honorarios en $779.549,60.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL NORTE (RIO GRANDE) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
CAMARA DE APELACIONES SALA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO - DISTRITO JUDICIAL NORTE (RIO GRANDE) (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
11828/2026
Honorarios profesionales Regulacion de honorarios Hecho nuevo Cesion de derechos profesionales Congruencia Preclusion procesal Letrado sustituto Expediente administrativo srt Ley 27.348 Experta art

¿Quién es el actor?

Dr. Hugo Daniel Tello, abogado que compareció por derecho propio.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por la actuación del letrado en el expediente administrativo SRT N° 224543/24.

Resolución de primera instancia: Se hizo lugar a la demanda y se regularon honorarios a favor del actor en la suma de $779.549,60. El actor apeló por considerar que se le había aplicado una reducción al 7,5% por la supuesta intervención de otro profesional.

Agravio del recurrente: Denunció como hecho nuevo una "Cesión de Derechos Profesionales" del 28/10/2025, celebrada con el Dr. Agustín Cumicheo, por la que este último reconocía haber actuado sólo como letrado sustituto en la audiencia médica y cedía al recurrente todos sus honorarios, solicitando la regulación al 100%.

¿Qué se resolvió?

La Cámara (voto del juez Satini, al que adhirieron la jueza Gutierrez y el juez Cappellotti) rechazó el hecho nuevo, rechazó la apelación y confirmó la sentencia de grado en lo que fue materia de agravios. Las costas de la instancia se impusieron por su orden y los honorarios del letrado interviniente en esta Alzada se fijaron en el 30% de lo regulado en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el caso, el objeto de la pretensión deducida por el Dr. Tello quien compareció por derecho propio, se circunscribió exclusivamente a la regulación de los honorarios correspondientes a su actuación profesional en el marco del expediente administrativo SRT Nº [224543/24] Sobre tales términos quedó trabada la litis y delimitado el objeto."

"Luego, la denominada 'Cesión de Derechos Profesionales' acompañada en esta instancia no constituye un hecho nuevo idóneo en los términos del art. 350 del CPCC, pues claramente excede el marco de la controversia originalmente planteada. En efecto, mediante dicho instrumento el recurrente procura incorporar a la discusión derechos arancelarios que corresponden a otro profesional interviniente, cuestión que resulta ajena al objeto originario del proceso."

"Así, el planteo resulta inadmisible pues implica modificar sustancialmente la pretensión inicial, ampliando el objeto litigioso hacia la determinación de honorarios de otro profesional que no fueron reclamados en la demanda, con evidente afectación a los principios de congruencia y preclusión procesal."

"Como consecuencia de ello y, toda vez que los agravios se fundan exclusivamente sobre la pretendida incidencia de la cesión acompañada, es que corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto y confirmar la regulación efectuada en la instancia de grado."

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