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Tribunal Superior

SALDIVIA, Marcos Francisco s/ Apelación de calificaciones Dic/24, Enero, Febrero/25

El interno Marcos Francisco Saldivia y su defensa recurrieron en casación la decisión que declaró abstracto el recurso contra las calificaciones de conducta y concepto del trimestre diciembre 2024 a febrero 2025. El Superior Tribunal de Justicia declaró abstracta la cuestión, por considerar que las calificaciones posteriores, firmes y consentidas, tornaron inoficioso el pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA PENAL (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
1988/25
Abstraccion Calificaciones de conducta Concepto Periodo de prueba Ejecucion penal Preclusion Actos propios Gravamen actual Doble conforme Consentimiento de calificaciones

Actor/Recurrente: Marcos Francisco Saldivia, interno, con intervención de la Defensa Pública (Defensor Alejandro Naccarato).

Demandado/Parte contraria: Consejo Correccional / Servicio Penitenciario (calificaciones de conducta y concepto).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de las calificaciones de conducta y concepto del trimestre diciembre 2024, enero y febrero 2025, confirmadas por unanimidad por el Consejo Correccional.

¿Qué se resolvió?

La jueza de Ejecución del Distrito Judicial Norte declaró abstracto el recurso de apelación. El Superior Tribunal de Justicia, por unanimidad, declaró ABSTRACTA la cuestión traída a estudio en el recurso de casación (ID E-1081398).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"es insoslayable el hecho de que conforme surge de la certificación de ID K-081617 el interno Saldivia alcanzó los guarismos de conducta ejemplar nueve (9) y concepto bueno seis (6), en el trimestre marzo, abril y mayo del año 2025 —posterior al aquí tratado— y estos se encuentran, a la fecha, firmes."

"La garantía del imputado a obtener una revisión de la decisión que considera que le causa perjuicio se encuentra, así, garantizada y salvaguardada en los términos del artículo 8, inciso 2º, h), de la Convención Americana sobre Derechos Humanos."

"la aceptación de los guarismos calificatorios aquí cuestionados en un período de evaluación posterior impiden reingresar sobre estas calificaciones ya firmes. Y, de todas formas, el tratamiento de estos no podría, de ninguna manera, dejar sin efecto aquellos que ya fueron consentidos por el recurrente."

"el agravio expresado en el recurso de casación perdió virtualidad. De allí que, pese a la insistencia de la defensa, la resolución de esta incidencia carece de utilidad y ningún efecto tendría sobre la situación futura del interesado."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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