“MARTÍNEZ, Jorge Gaspar s/ Legajo de ejecución”
El defensor oficial de Jorge Gaspar Martínez recurrió en casación la resolución de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Norte que no ratificó la incorporación del interno al régimen de libertad asistida. El Superior Tribunal de Justicia declaró abstracta la cuestión por haber agotado el condenado la pena impuesto y recuperado su libertad el 18 de noviembre de 2025, con lo cual el agravio perdió actualidad.
Actor (recurrente): Defensa pública, a cargo del defensor oficial Alejandro Naccarato, en representación de Jorge Gaspar Martínez, condenado.
Demandado / parte recurrida: Sala Penal de la Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Norte, que resolvió no ratificar la sentencia de la Juez de Ejecución que había dispuesto incorporar al interno al régimen de libertad asistida.
Objeto del recurso: Cuestionamiento de la resolución de la Cámara por considerarla arbitraria, sosteniendo que valoró únicamente ciertos informes de la central de monitoreo, que no constituían "contravenciones" o "transgresiones" sino aislados inconvenientes con el aparato de monitoreo, y que existían elementos probatorios en sentido contrario, como la opinión unánime del consejo correccional.
Resolución del tribunal: Declarar abstracta la cuestión traída a estudio en el recurso de casación ID.E-897982, sin costas (art. 492, segundo párrafo, del C.P.P.), mandando registrar, notificar y devolver.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es sabido que las decisiones del Superior Tribunal deben atender a las circunstancias existentes al tiempo de su dictado, aunque sean sobrevinientes al recurso incoado, pues como órgano judicial tiene vedado expedirse sobre los planteos que devienen abstractos, en tanto todo pronunciamiento resultaría inoficioso al no decidir un conflicto litigioso actual."
"El punto que se impugna debe constituir una cuestión justiciable que debe causar 'gravamen' en el peticionante y encontrarse vivo al momento en que el tribunal dicta sentencia; esto es, que produzca un perjuicio con entidad real actual."
"Según se desprende de la copia anexada de la certificación actuarial, el 18 de noviembre del 2025, el Juzgado de Ejecución -en lo que aquí concierne- informó que Martínez agotó la pena impuesta y en virtud de ello se ordenó su libertad."
"En autos, la modificación sustancial de los presupuestos fácticos existentes (v.gr.: agotamiento de la pena impuesta) tornó inoperante o inidónea la pretensión efectuada por la defensa. En autos, la cuestión ha devenido abstracta por circunstancias sobrevinientes a la interposición del recurso de casación oportunamente impetrado."
La votación fue unánime: los cinco jueces adhirieron a la propuesta de la Jueza Cristiano.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.