Fiscal c/ Carlos Carcamo
El Ministerio Fiscal promovió una causa por contrabando de importación contra Carlos Rogelio Cárcamo Ruiz. La Corte Suprema declaró la nulidad de la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza que había concedido el recurso extraordinario, por no estar debidamente fundada respecto de cada agravio, al no resolver circunstanciadamente si el recurso era prima facie admisible.
¿Quién es el actor?
Fiscal (Ministerio Público Fiscal)
¿A quién se demanda?
Carlos Rogelio Cárcamo Ruiz
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Averiguación por contrabando de importación
¿Qué se resolvió?
Se declara la nulidad de la resolución por la que se concedió el recurso extraordinario, devolviendo las actuaciones al tribunal de origen para que dicte nueva decisión sobre el punto conforme a lo expresado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, como este Tribunal señaló al resolver la causa S.345.XXI 'Santillán, Juan E. y otros c/ C.G.Z.' el 28 de mayo de 1987, si bien incumbe exclusivamente a esta Corte juzgar sobre la existencia o nó de dicho supuesto (Fallos: 215: 199), no es menos cierto que ello no exime a los órganos judiciales llamados a dictar pronunciamientos de la naturaleza antes indicada, de resolver circunstanciadamente si la apelación federal, prima facie valorada, cuenta respecto de cada uno de los agravios que la originan con fundamentos suficientes para dar sustento, a la luz de la conocida doctrina de esta Corte, a la invocación de un caso de inequívoco carácter excepcional, como lo es el de arbitrariedad."
"Que tanto en este último aspecto como en el anteriormente tratado, de ser seguida una orientación opuesta, el Tribunal debería admitir que su jurisdicción extraordinaria se viese, en principio, habilitada o denegada sin razones que avalen uno y otro resultado, lo cual irroga un claro perjuicio al derecho de defensa de los litigantes y al adecuado servicio de justicia de la Corte."
"Que, en tales condiciones, la concesión del remedio federal no aparece debidamente fundada, por lo que debe ser declarada su nulidad al no dar satisfacción a los requisitos idóneos para la obtención de la finalidad a la que se hallaba destinada (causa S.487.XXI 'Spada, Oscar y otros c/ Díaz Perera, E.A. y otros s/ ejec. de honorarios', del 20 de octubre de 1987, y sus citas)."
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Fallos que cita
- Santillán, Juan E. y otros c/ C.G.Z.CSJN · 28/05/1987
- Spada, Oscar y otros c/ Díaz Perera, E.A. y otros s/ ejec. de honorariosCSJN · 20/10/1987
- Fallos 215:199CSJN
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