JurisprudenciaARG
Corte Suprema

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La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había confirmado la denegatoria de una pensión de viudez a la cónyuge supérstite. El tribunal consideró arbitrario el fallo por aplicar una jurisprudencia que vinculaba la vida marital de hecho con la pérdida del beneficio, sin justificar su vigencia tras la derogación de la norma que sustentaba ese criterio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 313:232
Pension de viudez Seguridad social Vida marital de hecho Separacion de hecho Culpa del conyuge Arbitrariedad de sentencia Recurso extraordinario Derogacion normativa Ley 17.562 Ley 23.570

¿Quién es el actor?

Angélica Cañete, cónyuge supérstite del causante Pedro Alberto Chamarra.

¿A quién se demanda?

Autoridades previsionales (denegatoria del beneficio de pensión).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del beneficio de pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Dictamen del Procurador Fiscal: "Considero, aún cuando los temas planteados en el fallo resultan, en principio, ajenos a la instancia, que concurren en el caso circunstancias que permiten subscribir a la postura de la peticionaria en cuanto lo tacha de arbitrario."

"...si el a quo para sustentarlo hizo mérito principal de dos pronunciamientos cuya doctrina establecía, en definitiva, que '...si la vida marital de hecho es causal de extinción del beneficio ya acordado, es también obstáculo para obtenerlo...' pese a que a esa fecha (29 de marzo de 1989), se encontraba ya derogada la norma que castigaba con la pérdida de la pensión a los beneficiarios que '...hicieran vida marital de hecho' (v. ley 23.570 -B.O. 25/7/88)..."

"...al considerar aplicable la jurisprudencia citada en las condiciones actuales, sin dar razón alguna que justifique la subsistencia en derecho de aquellos precedentes, el fallo recurrido aparece huérfano del sustento exigible a tal clase de actos."

Se reitera que "los jueces deben actuar con suma cautela para llegar al desconocimiento de los beneficios de la seguridad social."

¿Qué se resolvió?

"Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal..."

Normas que cita

Fallos que cita

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  • Fallos 266:226CSJN
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  • Bolia, Amanda Emilia s/ jubilaciónCSJN · 22/05/1984

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Corte Suprema

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Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 313:232
Pension de viudez Seguridad social Vida marital de hecho Separacion de hecho Culpa del conyuge Arbitrariedad de sentencia Recurso extraordinario Derogacion normativa Ley 17.562 Ley 23.570

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Angélica Cañete, cónyuge supérstite del causante Pedro Alberto Chamarra.

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Se reitera que "los jueces deben actuar con suma cautela para llegar al desconocimiento de los beneficios de la seguridad social."

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Angélica Cañete, cónyuge supérstite del causante Pedro Alberto Chamarra.

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Fecha de la sentencia
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Pension de viudez Seguridad social Vida marital de hecho Separacion de hecho Culpa del conyuge Arbitrariedad de sentencia Recurso extraordinario Derogacion normativa Ley 17.562 Ley 23.570

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La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada.

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Se reitera que "los jueces deben actuar con suma cautela para llegar al desconocimiento de los beneficios de la seguridad social."

¿Qué se resolvió?

"Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal..."

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  • Fallos 259:121CSJN
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¿Quién es el actor?

Angélica Cañete, cónyuge supérstite del causante Pedro Alberto Chamarra.

¿A quién se demanda?

Autoridades previsionales (denegatoria del beneficio de pensión).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del beneficio de pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Dictamen del Procurador Fiscal: "Considero, aún cuando los temas planteados en el fallo resultan, en principio, ajenos a la instancia, que concurren en el caso circunstancias que permiten subscribir a la postura de la peticionaria en cuanto lo tacha de arbitrario."

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La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había confirmado la denegatoria de una pensión de viudez a la cónyuge supérstite. El tribunal consideró arbitrario el fallo por aplicar una jurisprudencia que vinculaba la vida marital de hecho con la pérdida del beneficio, sin justificar su vigencia tras la derogación de la norma que sustentaba ese criterio.

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¿Cuáles son los fundamentos principales?

Dictamen del Procurador Fiscal: "Considero, aún cuando los temas planteados en el fallo resultan, en principio, ajenos a la instancia, que concurren en el caso circunstancias que permiten subscribir a la postura de la peticionaria en cuanto lo tacha de arbitrario."

"...si el a quo para sustentarlo hizo mérito principal de dos pronunciamientos cuya doctrina establecía, en definitiva, que '...si la vida marital de hecho es causal de extinción del beneficio ya acordado, es también obstáculo para obtenerlo...' pese a que a esa fecha (29 de marzo de 1989), se encontraba ya derogada la norma que castigaba con la pérdida de la pensión a los beneficiarios que '...hicieran vida marital de hecho' (v. ley 23.570 -B.O. 25/7/88)..."

"...al considerar aplicable la jurisprudencia citada en las condiciones actuales, sin dar razón alguna que justifique la subsistencia en derecho de aquellos precedentes, el fallo recurrido aparece huérfano del sustento exigible a tal clase de actos."

Se reitera que "los jueces deben actuar con suma cautela para llegar al desconocimiento de los beneficios de la seguridad social."

¿Qué se resolvió?

"Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal..."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fallos 259:121CSJN
  • Fallos 266:226CSJN
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  • Bolia, Amanda Emilia s/ jubilaciónCSJN · 22/05/1984

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Fecha de la sentencia
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
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¿Quién es el actor?

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¿A quién se demanda?

Autoridades previsionales (denegatoria del beneficio de pensión).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del beneficio de pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

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Se reitera que "los jueces deben actuar con suma cautela para llegar al desconocimiento de los beneficios de la seguridad social."

¿Qué se resolvió?

"Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal..."

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Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
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¿Cuáles son los fundamentos principales?

Dictamen del Procurador Fiscal: "Considero, aún cuando los temas planteados en el fallo resultan, en principio, ajenos a la instancia, que concurren en el caso circunstancias que permiten subscribir a la postura de la peticionaria en cuanto lo tacha de arbitrario."

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"Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal..."

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Fallos que cita

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Fecha de la sentencia
Tribunal
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Fuero
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Expediente
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Pension de viudez Seguridad social Vida marital de hecho Separacion de hecho Culpa del conyuge Arbitrariedad de sentencia Recurso extraordinario Derogacion normativa Ley 17.562 Ley 23.570

¿Quién es el actor?

Angélica Cañete, cónyuge supérstite del causante Pedro Alberto Chamarra.

¿A quién se demanda?

Autoridades previsionales (denegatoria del beneficio de pensión).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del beneficio de pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Dictamen del Procurador Fiscal: "Considero, aún cuando los temas planteados en el fallo resultan, en principio, ajenos a la instancia, que concurren en el caso circunstancias que permiten subscribir a la postura de la peticionaria en cuanto lo tacha de arbitrario."

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"...al considerar aplicable la jurisprudencia citada en las condiciones actuales, sin dar razón alguna que justifique la subsistencia en derecho de aquellos precedentes, el fallo recurrido aparece huérfano del sustento exigible a tal clase de actos."

Se reitera que "los jueces deben actuar con suma cautela para llegar al desconocimiento de los beneficios de la seguridad social."

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¿Quién es el actor?

Angélica Cañete, cónyuge supérstite del causante Pedro Alberto Chamarra.

¿A quién se demanda?

Autoridades previsionales (denegatoria del beneficio de pensión).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del beneficio de pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Dictamen del Procurador Fiscal: "Considero, aún cuando los temas planteados en el fallo resultan, en principio, ajenos a la instancia, que concurren en el caso circunstancias que permiten subscribir a la postura de la peticionaria en cuanto lo tacha de arbitrario."

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Se reitera que "los jueces deben actuar con suma cautela para llegar al desconocimiento de los beneficios de la seguridad social."

¿Qué se resolvió?

"Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal..."

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La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había confirmado la denegatoria de una pensión de viudez a la cónyuge supérstite. El tribunal consideró arbitrario el fallo por aplicar una jurisprudencia que vinculaba la vida marital de hecho con la pérdida del beneficio, sin justificar su vigencia tras la derogación de la norma que sustentaba ese criterio.

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