TRIONI Florencia Andrea c/ EXPERTA ART SA s/ apelación art. 46 ley 24557 (N-TR2 Nº 1392/2023)
La actora Florencia Andrea Trioni interpuso recurso extraordinario de casación contra la decisión de la Cámara de Apelaciones que mantuvo la liquidación indemnizatoria por accidente de trabajo conforme a los precedentes Zamboni y Quipildor del Superior Tribunal. El Superior Tribunal declaró inadmisible el recurso por falta de fundamentación suficiente, al no rebatir los argumentos de los sentenciantes ni demostrar el perjuicio constitucional alegado.
¿Quién es el actor?
Florencia Andrea Trioni.
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de reparación por accidente de trabajo, cuestionando el régimen de actualización y la aplicación automática de la doctrina legal de "Zamboni" y "Quipildor" (art. 37 ley 110), con planteo de inconstitucionalidad del DNU 669/2019.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Norte rechazó el recurso de la actora y mantuvo la liquidación indemnizatoria conforme los parámetros de los precedentes obligatorios. El Superior Tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación, lo tuvo por mal concedido, sin costas, y reguló honorarios a los abogados de la recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Claro está que la jurisprudencia obligatoria, sólo 'obliga' en aquello que expresamente o aún implícitamente fijó y no sobre lo que nada se dijo, por lo que resultará válida aquella interpretación que aborde el análisis de determinada ley, con pautas o criterios no utilizados por el Superior Tribunal, pero sin invadir lo que expresa o implícitamente ya se resolvió. Lo contrario, es decir, una 'reinterpretación' de aquella materia analizada por el alto Tribunal de la Provincia, no resultará válida, a menos que se proceda, previamente, a la deslegitimación interna del artículo 37 de la ley 110, mediante la declaración de su inconstitucionalidad."
"...el interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma debe demostrar claramente de qué manera ésta contraría la Constitución Nacional, causándole de ese modo un gravamen."
"...el recurso debe contener, esencialmente, una crítica o censura de las motivaciones de la sentencia apelada... No bastan apreciaciones genéricas o desvinculadas de las consideraciones esenciales de la sentencia..."
Se señaló además que los agravios sobre la naturaleza de la deuda y la aplicación del precedente "Barrios" de la SCBA eran tardíos o ajenos al régimen de accidentes del trabajo, repitiendo argumentos ya resueltos en "Maldonado" (expte. 3369/2025).
El voto del juez Sagastume fue acompañado por unanimidad por los demás jueces.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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