JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Jorge Lagos Carranza

No puede redactarse un titular fiel sin conocer lo resuelto. Lo único que puede decirse es que el sumario aborda la competencia ordinaria en materia penal, la posibilidad de juzgar por separado una estafa que concurre materialmente con la falsificación de documentos, y que la mera coincidencia subjetiva o de finalidad no basta para configurar un concurso formal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2842
Competencia ordinaria Cuestiones penales Pluralidad de delitos Concurso material Concurso formal Estafa Falsificacion de documentos Unidad de hecho Coincidencia subjetiva.

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO

Demandado/imputado: JORGE LAGOS CARRANZA (según el encabezado, sin confirmar su calidad procesal)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO

¿Qué se resolvió?

DESCONOCIDA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el texto aportado sólo contiene los sumarios de dos criterios: (1) nada obsta al juzgamiento por separado de la estafa que concurre materialmente con la falsificación de documentos; (2) la mera coincidencia subjetiva o finalidad no basta para afirmar que dos conductas constituyen un único hecho o concurso formal.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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