JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

TAVARONE, Valter Carlos c/ MUNICIPALIDAD DE USHUAIA y Otro s/ Acción de Inconstitucionalidad - Medida Cautelar

Valter Carlos Tavarone, por derecho propio y como concejal de Ushuaia, promovió acción de inconstitucionalidad con medida cautelar contra la Municipalidad de Ushuaia y el Concejo Deliberante, cuestionando la ordenanza 6563 que desafectó como espacio verde las parcelas 1 de los macizos 184 y 185 de la sección J. El Superior Tribunal de Justicia no hizo lugar a la medida cautelar de suspensión de la ordenanza y de prohibición de innovar, por considerar que no se acreditaban los requisitos de la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, y que correspondía oír a la contraria antes de decidir.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA DE DEMANDAS ORIGINARIAS (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA DE DEMANDAS ORIGINARIAS (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
4823/2026
Medida cautelar Accion de inconstitucionalidad Ordenanza municipal 6563 Espacio verde Desafectacion Ambiente sano Bosque nativo Presuncion de constitucionalidad Peligro en la demora Verosimilitud del derecho

¿Quién es el actor?

Valter Carlos Tavarone, por derecho propio y en su carácter de concejal de la ciudad de Ushuaia.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Ushuaia y Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de inconstitucionalidad contra la ordenanza 6563, promulgada el 29 de diciembre de 2025, que modificó la mensura y desafectó los espacios verdes identificados como parcela 1 del macizo 184 y parcela 1 del macizo 185 (este último, en una superficie aproximada de 1600 m²), ambos de la sección J de Ushuaia. Se solicitó como medida cautelar la suspensión de la ejecución de la ordenanza y una prohibición de innovar para que el Ejecutivo municipal se abstuviera de pre-adjudicar, adjudicar o autorizar la ocupación de las parcelas.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal resolvió no hacer lugar a la medida cautelar, sin perjuicio del trámite de fondo de la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el carácter restrictivo de las cautelares: "…la procedencia de las pretensiones cautelares contra actos de los poderes públicos —legislativos o administrativos— tiene carácter restrictivo, debiendo concurrir notas de excepcionalidad frente al principio republicano de división de poderes y a la presunción de legitimidad de que están investidos, mientras no haya sido declarada su invalidez."

Sobre la verosimilitud del derecho: "…aunque a primera vista se advierte la verosimilitud alegada —como mera apariencia de ésta—, deviene necesario oír a la contraria respecto a la motivación, la ejecución y al marco de atribuciones ejercidas en el caso. De allí que, a la luz del ámbito procesal imperante y su naturaleza, se impone un prudente y adecuado ámbito jurisdiccional de discusión y debate para apreciar la denotada ilegitimidad."

Sobre el peligro en la demora: "…en relación al peligro en la demora no se demuestra de manera actual la gravedad implicada en la intervención material sobre los predios objeto de desafectación como espacio verde, en atención a que de la documental acompañada surge que lo actuado por el Municipio en orden a su adjudicación a particulares, ha sido efectuado con carácter provisorio, sujeto al cumplimiento de las correspondientes etapas administrativas, técnicas y legales."

Sobre la calificación ambiental: "…la calificación de los macizos 184 y 185 de la sección J en la categoría II –Amarillo– no resulta definitiva, conforme al ordenamiento territorial de bosques nativos, cuya actualización se encuentra próxima a efectuarse…"

Conclusión: "…el conflicto que se avizora entre la presunción de constitucionalidad de la ordenanza y la operatividad de los principios consagrados en la Carta Magna nacional y en la Constitución provincial, debe resolverse en este incipiente estadio en favor de la primera."

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.