GODOY, ZULEMA HAYDEE c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La actora, jubilada, promovió acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra ARCA para que se dejara sin efecto la retención del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional. El Juzgado Federal de Paraná 2 hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen para el caso concreto y ordenó la devolución de los montos retenidos.
¿Quién es el actor?
GODOY ZULEMA HAYDEE, jubilada, con patrocinio letrado de los Dres. Ariel Christian Fernando VILLANUEVA y Agustín Josías RUFINI.
¿A quién se demanda?
AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO (ARCA, ex AFIP).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias sobre el haber jubilatorio (arts. 1º, 2, 79 inc. c, 81, 90 y cctes. de la ley 20.628, leyes 27.346, 27.430, 27.725 y 27.743 y normas reglamentarias), con cese de la retención y devolución de lo retenido, más intereses.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la demanda; se declaró, para el caso concreto, la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias sobre el haber previsional de la actora; se ordenó a ARCA reintegrar, en diez días, los montos retenidos desde que la actora accedió al beneficio, por el período no prescripto, con tasa pasiva promedio del BCRA (según causa "Spitale" de la CSJN); se ordenó oficiar al organismo liquidador para que se abstenga de practicar la retención; se impusieron costas a la demandada (art. 68, primer párrafo, CPCCN); y se regularon honorarios en conjunto a los letrados de la actora por $2.331.802,00 (22 UMA), al 50% para cada uno, sin regular honorarios a los letrados de la demandada (art. 2, ley 27.423).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...el haber previsional, tiene por finalidad esencial asegurar la subsistencia frente a la contingencia vejez y se encuentra protegido, no solo por las leyes propias de la seguridad social, sino también por la Constitución Nacional y normas que comparten su jerarquía."
"La mengua del haber previsional mediante la retención de un porcentaje de aquel, en concepto de impuesto a las ganancias, afecta notablemente su esencia, y por lo tanto le impide cumplir con su finalidad. A ello se le suma el hecho de que el tributo de mención, fue oportunamente abonado, al encontrarse el sujeto pasivo -hoy retirado- en actividad."
"Esto lleva a una doble imposición..."
"...no puede considerarse al haber previsional como una ganancia. La ganancia es una utilidad obtenida por una prestación o una renta; y el haber jubilatorio o de pensión, no cuenta con estas características..."
Cita asimismo el precedente de la Cámara Federal en "Cuesta, Jorge Antonio c/ AFIP" (Expte. FPA 21005389/2013, 29-04-2015) y de la CSJN en "García, María Isabel c/ AFIP" (26-03-2019), que declaró la inconstitucionalidad de los arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628 según leyes 27.346 y 27.430, a cuyos argumentos el tribunal remite.
Concluye que "el haber previsional no puede ser pasible de ningún tipo de imposición tributaria, con independencia de su denominación legislativa: impuesto a las ganancias, impuesto cedular o impuesto a los ingresos personales."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 20.628arts. 1, 2, 79, 81, 82, 90, 23 inc. c · Impuestos a las ganancias
- Ley 27.346Impuesto a las ganancias, iva y regimen simplificado para pequeños contribuyentes
- Ley 27.430Impuestos
- Ley 27.725Ley de impuesto a las ganancias
- Ley 27.743Medidas fiscales paliativas y relevantes
- Ley 27.423art. 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Decreto 824
- Decreto 953
- Decreto 652
- Resolución 5531
- Resolución 2437
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Cuesta, Jorge Antonio c/ AFIPCámara Federal · 29/04/2015
- García, María Isabel c/ AFIPCSJN · 26/03/2019
- SpitaleCSJN
- Fallos 332:1571CSJN
- Fallos 297:500CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.