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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 11 - DAMNIFICADO: SOMOZA NAZAR ANCHORENA, RODRIGO Y OTRO IMPUTADO: MORENO, JAVIER ALBERTO Y OTROS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

El imputado Javier Moreno interpuso recurso extraordinario federal contra la resolución de la Sala 2 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional que, entre otros puntos, modificó la calificación legal a robo simple y fijó una pena de cuatro años y ocho meses de prisión. La Cámara declaró inadmisible el recurso por tratarse de una mera disconformidad con lo decidido, sin cuestión federal razonadamente fundada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 2
Fuero
NACIONAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCC 036495/2022/TO01/11
Recurso extraordinario federal Cuestion federal Arbitrariedad Disconformidad con lo decidido Superior tribunal de la causa Robo simple Inadmisibilidad Art. 14 ley 48 In pauperis Casacion penal

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (en el proceso penal, la acción la ejerce el Ministerio Público; no se identifica un actor particular en el expediente).

¿A quién se demanda?

Javier Alberto Moreno, imputado, recurrente.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal (art. 14, ley 48) contra la resolución de la Sala 2 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional del 20 de marzo de 2026 (Registro n° 349/26), que hizo lugar parcialmente a los recursos de casación, modificó la calificación a robo simple (art. 164, CP) y fijó una pena de cuatro años y ocho meses de prisión.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría (Sarrabayrouse, con adhesión de Días; el juez Morin se abstuvo por aplicación del art. 23, último párrafo, CPPN), se declaró INADMISIBLE el recurso extraordinario federal interpuesto in pauperis por el imputado y fundamentado por su defensor particular.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Superior tribunal de la causa: "Esto es así a partir de la entrada en vigencia de la ley 27.802 y la aprobación del 'Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral del Ámbito Nacional a la Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires', celebrado el 9 de febrero de 2026 (…)". Se afirma que el superior tribunal de la causa a los fines del recurso extraordinario es el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aunque la sala señala que, en cualquier caso, corresponde analizar la existencia de cuestión federal.

Ausencia de cuestión federal: "la defensa se ha limitado a sostener la arbitrariedad de la sentencia y la afectación de distintos derechos, principios y garantías mediante fórmulas genéricas, pero sin desvirtuar ni criticar razonadamente los fundamentos de la sentencia de esta sala. Esto evidencia que su planteo refleja una mera expresión de disconformidad con lo decidido, que no es idónea para sustentar la existencia de una cuestión federal (Fallos: 325:1905)."

Confusión del recurrente: "…en varios tramos confunde cuál fue el tribunal que tomó la decisión impugnada (oscila entre la Sala 2 y la Sala de Turno de esta Cámara)…", y atribuye erróneamente la imposición de una pena única, cuando "respecto de Moreno, no se impuso ninguna pena única", además de invocar un acuerdo del art. 431 bis CPPN que no existió en el trámite.

Conclusión: "corresponde declarar inadmisible el recurso interpuesto."

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
  • Ley 27.384art. 23 · Codigo procesal penal
  • CPPNarts. 431 bis, 456, 457, 463, 465, 470, 471, 530, 531 · Codigo procesal penal
  • CPart. 164 · Codigo penal
  • CPPFart. 350 · Codigo procesal penal federal

Fallos que cita

  • FerrariCSJN · Fallos 347:2286
  • ChacónCSJN · 15/10/2024 · Fallos 347:1434
  • LevinasCSJN
  • LedezmaCNCCC Sala 2
  • Fallos 325:1905CSJN

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