Legajo Nº 18 - DAMNIFICADO: STENICO, GUSTAVO Y OTROS IMPUTADO: SÁNCHEZ, MAINQUE TAIEL Y OTROS s/RECURSO
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala 2, declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Martín Guido Sánchez, condenado como coautor del delito de asociación ilícita. El tribunal consideró que el planteo reflejaba únicamente disconformidad con lo decidido, sin una cuestión federal que lo habilitara.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (la defensa particular del imputado Martín Guido Sánchez actúa como recurrente).
¿A quién se demanda?
Martín Guido Sánchez, condenado como coautor penalmente responsable del delito de asociación ilícita en calidad de miembro, a la pena de tres años de prisión en suspenso y costas.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario federal, reconducido a recurso de inconstitucionalidad, contra la resolución de esta Sala del 2 de septiembre de 2026 que confirmó la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 16 dictada el 27 de diciembre de 2023.
¿Qué se resolvió?
Se declara inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa particular del imputado Martín Guido Sánchez (art. 14, ley 48). El juez Morin se abstuvo de votar en razón del voto concurrente de Sarrabayrouse y Días (art. 23, último párrafo, CPPN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"…reencauzado el recurso extraordinario federal a uno de inconstitucionalidad, corresponde analizar la existencia de una cuestión federal que habilite la intervención señalada."
"…la defensa se ha limitado a sostener la arbitrariedad de la sentencia y la afectación de distintos derechos, principios y garantías mediante fórmulas genéricas, pero sin desvirtuar ni criticar razonadamente los fundamentos de la sentencia de esta sala. Esto evidencia que su planteo refleja una mera expresión de disconformidad con lo decidido, que no es idónea para sustentar la existencia de una cuestión federal (Fallos: 325:1905…)."
"…bajo la genérica alegación de arbitrariedad y afectación de diversas garantías constitucionales se pretende, en definitiva, fundar un caso federal basado en cuestiones de hecho, prueba y derecho común que han sido resueltas con fundamentos de igual naturaleza."
Sobre el superior tribunal de la causa, el voto sostiene que, tras la ley 27.802 y el Acuerdo de Transferencia celebrado el 9 de febrero de 2026, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resulta competente, invocando los precedentes "Ferrari" (Fallos 347:2286), "Chacón" (Fallos 347:1434) y "Levinas", por lo que ya no resultan aplicables los argumentos del precedente "Ledezma" (Reg. 1327/2025).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- CPPNarts. 23, 530, 531 · Codigo procesal penal
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- CParts. 5, 26, 29 inc. 3º, 40, 41, 45, 210 · Codigo penal
- Constitución Nacionalarts. 18, 75 inc. 22 · Constitucion nacional
- CADHarts. 8.1, 8.2, 8.2.h
- PIDCParts. 14.2, 14.5
Fallos que cita
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.