SANTILLAN, SERGIO JAVIER c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
El actor, Sergio Javier Santillán, apeló el rechazo de su pedido de retiro por invalidez previsto en el art. 49 punto 4 de la Ley 24.241. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la resolución recurrida y declaró que la incapacidad invalidante exigida por el art. 48 de la ley no se encuentra acreditada, sobre la base del dictamen del Cuerpo Médico Forense (35,51% de incapacidad) y del criterio fijado por la CSJN en Sosa, Raúl.
¿Quién es el actor?
Sergio Javier Santillán.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
retiro por invalidez (art. 49 punto 4, Ley 24.241).
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó la resolución recurrida, declaró que la incapacidad con jerarquía invalidante exigida por la Ley 24.241 no se encuentra acreditada, impuso las costas en el orden causado y devolvió las actuaciones al organismo de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del informe médico producido surge que el titular presenta: Limitación funcional del miembro inferior izquierdo, del superior derecho y de la columna dorso lumbar; Acortamiento del miembor inferior izquierdo que, sumados a los factores complementarios le ocasionan una incapacidad del 35,51% de la total obrera."
"El dictamen en cuestión, reúne, los recaudos necesarios de una correcta peritación médica, enuncia claramente los hechos, es fundado, determina con certeza el estado de salud, valora las constancias médicas obrantes en autos y funda la opinión técnica a que llega con seriedad y objetividad científica (art. 477 CPCCN)."
"Asimismo cabe señalar que los integrantes del Cuerpo Médico Forense son auxiliares de la justicia y el informe que producen constituye el asesoramiento técnico de personas especializadas cuya imparcialidad y corrección están aseguradas (CSJN Fallos 299:265 ...)."
"Ello así y, dado el ulterior criterio desplegado por el Alto Tribunal en el Fallo 'Sosa Raúl c/ANSeS s/Retiro por invalidez (art. 49 P4 Ley 24.241)' (Fallo 340:2021, del 26 de diciembre de 2017), llevan a concluir que no se encuentran acreditados los recaudos exigidos por el art. 48 de la Ley 24.241 para otorgar la jubilación por invalidez solicitado."
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 48, 49 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- CPCCNart. 477 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Haitzaguerre de Arrabal M. c/ Centro Asistencial IATROS S.A.CSJN · 06/12/1977 · Fallos 299:265
- Sosa, Raúl c/ ANSeS s/ Retiro por invalidez (art. 49 P4 Ley 24.241)CSJN · 26/12/2017 · Fallos 340:2021
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