Sergio Pablo Artigue
La Corte Suprema examinó si la existencia de un conflicto de competencia pendiente de resolución podía demorar la realización del juicio oral contra el imputado Sergio Pablo Artigue. El tribunal sostuvo que dicha demora, fundada en la subsistencia del conflicto, afecta el derecho del imputado a obtener un pronunciamiento sin dilaciones indebidas (art. 18 de la Constitución Nacional).
Actor (quién demanda): DESCONOCIDO (el texto provisto es sólo el sumario/extracto de la doctrina, no la sentencia completa)
¿A quién se demanda?
DESCONOCIDO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO
¿Qué se resolvió?
Según el sumario, la subsistencia de un conflicto jurisdiccional pendiente ante la Corte no impide que uno de los tribunales realice el juicio oral; cualquier demora fundada en ese conflicto menoscaba el derecho del imputado a un pronunciamiento breve (art. 18 CN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si la existencia de un conflicto jurisdiccional cuya resolución se encuentra a estudio de la Corte, no constituye obstáculo alguno para que uno de los tribunales realice el juicio oral, cualquier demora al respecto, fundada en la subsistencia del citado conflicto, constituye un menoscabo a los derechos del imputado de obtener un pronunciamiento que defina su posición frente a la ley y la sociedad del modo más breve (art. 18 de la Constitución Nacional)." (Texto del sumario; la sentencia completa no fue provista.)
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 18 · Constitucion nacional