JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Ernesto Antonio Sanchez c/ Oscaralfredo Cendra y Otros

Trebas S.A. impugnó la determinación de oficio del impuesto a las ganancias realizada por la DGI, que había presumido injustificados los aportes de capital provenientes de una sociedad radicada en Liechtenstein. La Corte confirmó la sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y, por mayoría, restringió la revocación a los aspectos efectivamente recurridos ante el Tribunal Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:1977
Impuesto a las ganancias Determinacion de oficio Presuncion Incremento patrimonial Paraiso fiscal Congruencia Recurso ordinario de apelacion Liechtenstein Politica legislativa Dgi

Actor/Recurrente ante el Tribunal Fiscal: Trebas S.A.

Demandado/Organismo: Dirección General Impositiva (Fisco Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

determinación de oficio del impuesto a las ganancias de los ejercicios 1979 a 1984, multa del art. 46 de la ley 11.683, y el incremento patrimonial derivado de aportes de capital de una sociedad del Principado de Liechtenstein.

¿Qué se resolvió?

el recurso ordinario del Fisco se declaró desierto en lo relativo a la presunción de incremento patrimonial injustificado (considerandos 7 a 13), por tratarse de un argumento nuevo y de meras discrepancias. Se admitió parcialmente el recurso en cuanto la cámara revocó aspectos del acto administrativo no recurridos por el contribuyente ante el Tribunal Fiscal, y se modificó la sentencia en ese punto, restringiendo sus alcances.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La introducción de una exigencia probatoria adicional, fundada en la circunstancia del lugar de origen de los fondos, no constituye una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias de la causa. Traduce, en cambio, consideraciones de política legislativa en materia económica..." (voto Boggiano, considerando 10).

"...la revocación que dispuso la cámara no puede alcanzar a aquellos aspectos del acto administrativo que no fueron objeto del pertinente recurso que dedujo el contribuyente ante el Tribunal Fiscal, toda vez que, de otro modo, se afectaría el principio de congruencia" (considerando 14 de la mayoría).

Sobre el recurso ordinario: "...los agravios del recurrente constituyen meras discrepancias con el criterio del sentenciante, pero distan de contener una crítica concreta y razonada de los fundamentos que informan la sentencia..." (considerando 13).

Aclaración: los argumentos sobre "paraíso fiscal" y jurisdicción internacional corresponden al voto individual del Dr. Boggiano y no a la decisión mayoritaria de la Corte.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fallos 310:1068CSJN

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