Servando Menor y Otro' c/ Entidad Binacional Yacyretá
La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la Entidad Binacional Yacyretá en un juicio de expropiación irregular promovido por Servando Menor y otro, y dejó sin efecto la sentencia que había reconocido el rubro valor llave y los intereses. El tribunal sostuvo que el valor llave no corresponde en materia expropiatoria y que, sin desapoderamiento efectivo, no hay intereses.
¿Quién es el actor?
Servando Menor y otro.
¿A quién se demanda?
Entidad Binacional Yacyretá.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por expropiación irregular de un inmueble, incluyendo el rubro valor llave e intereses.
¿Qué se resolvió?
la Corte hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas y ordenó dictar una nueva conforme a lo resuelto. Con costas (art. 68 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En cuanto al resarcimiento admitido en la sentencia del denominado valor 'llave' por considerar el tribunal a qua que dicho concepto se encuentra comprendido en la disposición del art. 10 de la ley 21.499, el agravio del expropiante es admisible pues es de aplicación la doctrina establecida por esta Corte en reiterados precedentes (Fallos: 242:254; 259:237; 300:692; 303:1011) en el sentido de no reconocer este rubro en materia expropiatoria."
"En cuanto al rubro intereses es aplicable en el caso la reiterada jurisprudencia del tribunal en el sentido de que en los juicios de expropiación indirecta, donde no existe efectivo desapoderamiento ni, en consecuencia, retardo en el pago en concepto de indemnización previa a aquél, no corresponde el reconocimiento del citado rubro (Fallos: 293:161 y sus citas). En efecto, la indisponibilidad del bien ... si bien habilita la acción de expropiación irregular (art. 51, ley 21.499), no alcanza a configurar la desposesión del inmueble que exige el artículo 20 de dicha norma para computar los accesorios, ya que sólo a raíz de este hecho el expropiado pierde toda posibilidad de uso y goce."
¿Cómo votaron los jueces?
consideraron que el rubro denominado valor llave, en realidad, correspondía a la estimación del valor del fondo de comercio sin considerar utilidades futuras, por lo que los agravios no controvertían la procedencia ni el monto de los rubros admitidos, y la queja debía desestimarse en ese punto. Coincidieron con la mayoría en cuanto a los intereses.
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Normas que cita
- Ley 21.499arts. 10, 20, 51 · Expropiaciones
- Ley 48art. 14 inc. 3 · Justicia nacional
- CPCCNarts. 68, 71 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Estado Nacional c/Textil Escalada S.A. s/ expropiaciónCSJN · 19/12/1989
- Servicio Nacional de Parques Nacionales - Fisco Nacional c/ Amelia García del Río de Calero y otros s/ expropiaciónCSJN · 18/12/1990
- Fallos 242:254CSJN
- Fallos 259:237CSJN
- Fallos 300:692CSJN
- Fallos 303:1011CSJN
- Fallos 293:161CSJN
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