Antonio Choque Sunahua c/ Emege S.a. y Otro
El trabajador accionó por indemnización por accidente laboral y despido tras caer desde un andamio mojado propiedad de la demandada. La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario, declaró arbitraria la sentencia que rechazó la demanda, por imponer al actor la carga de probar el riesgo de la cosa en contra del artículo 1113 del Código Civil, y dejó sin efecto el fallo.
¿Quién es el actor?
Antonio Choque Sunahua.
¿A quién se demanda?
Emegé S.A. y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por accidente laboral y despido.
¿Qué se resolvió?
la mayoría de la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que había revocado la condena de primera instancia. Ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo expresado. Los jueces Boggiano, Barra, Belluscio y Petracchi, en disidencia, consideraron inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...con menoscabo de garantías que cuentan con amparo constitucional, la alzada ha prescindido de dar un tratamiento adecuado a la controversia, de acuerdo con los argumentos planteados por las partes y las normas aplicables a la litis."
"...la sentencia apelada se apartó de lo dispuesto por el artículo 1113, segundo párrafo, del Código Civil, al imponer al actor la carga de probar la configuración del riesgo de la cosa dañosa. Ello, toda vez que para esta disposición basta con que el afectado demuestre el daño causado y el contacto con la cosa riesgosa, quedando a cargo de la demandada, como dueña o guardián de ella, acreditar la culpa de la víctima o de un tercero por quien no deba responder."
"...la decisión de la alzada no constituye una derivación razonada del derecho vigente con arreglo a las circunstancias del caso por lo que, al afectar en forma directa e inmediata las garantías constitucionales invocadas, corresponde admitir el recurso y descalificar el fallo con fundamento en la doctrina de esta Corte en materia de arbitrariedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
Fallos que cita
- Soto, Carlos Angel c/ Monibe S.A.CSJN · 15/04/1986
- Fallos 307:1735CSJN
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